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Año XVI, 29 de marzo de 2024


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Corte-IDH sancionará demanda contra el Estado chileno por utilización de ley Antiterrorista

La Corte Interamericana de Derechos Humanos revisará una serie de casos en los que representantes del pueblo mapuche demandan al Estado por la utilización de la ley Antiterrorista. En esta instancia, Chile podría ser obligado a reparar a los involucrados y corregir el marco institucional que facilitó el abuso, con lo que se modificaría forma en la que se está aplicando esta ley de excepción.

Paula Correa

  Jueves 6 de febrero 2014 17:42 hrs. 
mapuche niño

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Hace pocos días, la Corte Interamericana de Derechos Humanos informó que “estudiará la posibilidad de emitir dos sentencias y diversas resoluciones”, dentro de las cuales se incluye la primera demanda contra el Estado chileno por la utilización de la Ley Antiterrorista que llega a un tribunal Internacional.

La Corte-IDH, como se le llama, indica que el caso se refiere a la violación de los derechos al principio de legalidad, no discriminación e igualdad ante la ley, además de varias de las garantías judiciales como la libertad personal, libertad de pensamiento y de expresión, derechos políticos, integridad personal, protección a la familia y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno.

Entre varios casos que fueron aglutinados en una misma causa se incluye la experiencia de los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín, el del lonko Víctor Ancalaf y el caso Poluco Pidenco, donde se acusa entre otros a la emblemática dirigenta Patricia Troncoso.

Pascual, hijo del lonko Pichún, se refirió al sentimiento con el que esperan este fallo: “Estamos muy ansiosos en lo que vaya a resolver la corte y también, de cierta forma, seguros y esperanzados en que nos va a ir bien, porque nuestra defensa tanto en equipos de abogados como de parte de la gente que fue a la audiencia a dar testimonio en el caso, creo que todos esos antecedentes han aportado a demostrar que el Estado chileno ha sido discriminatorio en sus políticas, principalmente de persecución hacia las personas mapuche y, en este caso hacia las autoridades mapuche, como es el caso de nuestro fallecido lonko”.

Según la Comisión, el caso se inserta dentro de “un presunto reconocido contexto de aplicación selectiva de la legislación Antiterrorista en perjuicio de miembros del pueblo indígena Mapuche en Chile”. De corroborarse esta situación, Chile podría ser sancionado, es decir, se le instaría a reconocer el error, reparar a los involucrados y corregir el marco institucional que facilitó el abuso, con lo que se modificaría forma en la que se está aplicando esta ley de excepción.  

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