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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Corte de Apelaciones decide futuro de causa SQM

Con el recurso, iniciado por el  Consejo de Defensa del Estado, se busca impugnar la suspensión condicional del procedimiento solicitado para la minera no metálica en el marco de la investigación por presuntos sobornos a figuras políticas cercanas al ex ministro Pablo Longueira.  

Claudia Carvajal G.

  Martes 13 de febrero 2018 18:37 hrs. 
Foto tomada el 20 de julio de 2004 de la fachada del edificio donde se encuentra el Consejo de Defensa del Estado, en Santiago de Chile. El Consejo de Defensa del Estado, que actúa como fiscalía autónoma del Gobierno chileno, acordó presentar una "denuncia" ante el Poder Judicial por las cuentas secretas que el ex dictador Augusto Pinochet mantenía en Estados Unidos.     AFP PHOTO/Victor ROJAS / AFP PHOTO / VICTOR ROJAS

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Durante la jornada de este miércoles, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolverá la suspensión condicional de la causa por cohecho que enfrentaba la empresa SQM. La acción judicial fue iniciada por el Consejo de Defensa del Estado, órgano que busca impedir la salida alternativa al Juicio Oral en orden a que se siga investigando a las filiales Nitrato y Salar, vinculadas con el pago de sobornos por parte de Patricio Contesse, ex gerente general de SQM, a cercanos al ex ministro Pablo Longueira.

Este argumento se opone a lo señalado por el Ministerio Público para pedir la salida alternativa, que alude a que SQM efectivamente contaba con un sistema de prevención del delito.

Según lo que se afirma en la querella del Consejo de Defensa “los hechos constitutivos del delito base ejecutado por su gerente general se dieron directamente en su interés y provecho”.  Además se hace énfasis en que la empresa minera, como persona jurídica, sufrió de graves faltas de control interno y que ello permitió que se pagaran los sobornos.

“Existía una total ausencia de mecanismos de control y una falla sistémica en los procedimientos de administración y auditoría de los recursos financieros que permitieran a la entidad prevenir su utilización en los delitos señalados. La responsabilidad de las personas jurídicas involucradas resulta palmaria”, se argumenta.

En enero,  la Fiscalía solicitó al Octavo Juzagado de Garantía que se aprobara la suspensión del procedimiento con la condición de que la empresa salitrera pagara una indemnización de  2.550 millones de pesos,  900 millones a beneficio fiscal y otros 1.650 millones para fundaciones. A ello se suma el requerimiento de entregar un informe de cumplimiento de medidas anti corrupción implementadas por las empresas del holding.

En tanto,  los querellantes de la Fundación Ciudadano Inteligente señalaron a través de un comunicado de prensa que “las posibles salidas alternativas, suspensiones condicionales o archivo de las investigaciones representan un desinterés desde los altos cargos del Ministerio Público y del Servicio de Impuestos Internos por llevar las investigaciones hasta el final, tratando de concluir los casos sin dejar impunes a quienes estuvieron involucrados en permitir que empresas influyeran injustamente en la democracia chilena”.

Para Colombina Schaeffer, subdirectora de Ciudadano Inteligente, “la falta de juicios orales tiene un significado político profundo, que transmite que no se quieren exponer ante la ciudadanía los argumentos de cada parte para determinar responsabilidades. Por el contrario, se busca meter la mugre debajo de la alfombra y lamentablemente deja a la ciudadanía con la sensación de que en Chile hay una justicia para ricos y otra para pobres”.

Si bien desde la ONG se reconoce que el marco legal de la época en la que se cometieron los delitos era distinto al actual, se sostiene que este no es impedimento para no llevar las investigaciones hasta el final y establecer la verdad judicial sobre cómo, por años, el dinero influyó ilegalmente en el sistema político.

Tras las variadas críticas producto del tratamiento de la causa SQM que ha dado el fiscal Pablo Gómez, el persecutor defendió la decisión y aseguró que el fundamento de  ésta es la mejor protección de los intereses fiscales.

“La suspensión condicional no es impunidad, es una salida que está en la ley, que es el margen o el marco legal que nos hemos dado como país. La suspensión condicional significa que, tras la formalización, tras la imputación de cargos, se ofrece la posibilidad de que, con ciertas condiciones, la causa quede suspendida por un determinado periodo de tiempo. Las condiciones no son menores: son mucho más de lo que se podría obtener en el caso de un juicio, y es dentro de lo que la ley establece”, afirmó a los medios el jefe regional de Valparaíso.

La Corte de Apelaciones dará a conocer la resolución a las 13 horas del miércoles 14 de febrero.

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