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Caso Vergara: Tribunal recalifica por “detención ilegal” a carabineros

El Tribunal Oral en lo Penal de Iquique recalificó este martes el delito por la desaparición de José Vergara Espinoza, acontecido en octubre de 2015. La instancia estuvo marcada por la recalificación del delito a "detención ilegal" (con penas significativamente más bajas) y se modificaron las medidas cautelares de prisión preventiva a arraigo nacional.

Martín Espinoza

  Martes 3 de abril 2018 12:21 hrs. 
jose vergara

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La familia Vergara acudía, la mañana del 13 de septiembre de 2015, otra vez a Carabineros para controlar una nueva crisis esquizofrénica de su hijo José. Ese fue el último episodio que Jacqueline y Juan vieron de su hijo. Esa mañana cuatro carabineros, Manuel Carvajal Fabres, Carlos Valencia, Ángelo Muñoz, Abraham Caro, lo esposaron, lo subieron a un retén y se lo llevaron, tal y como lo habían hecho al menos cinco veces antes.

El paradero de José Vergara luego de ese procedimiento fue incierto durante más de diez días, hasta que –producto de un sumario interno-, los funcionarios encargados de llevárselo confesaron que se encontraba en el kilómetro 6 de la ruta A-414 que lleva a Caleta Buena, una localidad ubicada en la comuna de Huara, unos 31 kilómetros al norte de Iquique. Aunque esa versión nunca la creyeron sus padres.

En un contexto de incertidumbre y desconfianza la familia Vergara decidió presentar una querella por secuestro calificado y violación de derechos humanos de José. Así, se abrió una investigación a cargo de la fiscal Virginia Aravena.

La persecutora a cargo del caso ha señalado que el Ministerio Público acusa a los ex carabineros (que fueron dados de baja y que se encuentran en prisión preventiva) de secuestro calificado y falsificación de instrumento público, por lo que arriesgaban más de 23 años de cárcel.

Este lunes se llevaron a cabo los alegatos finales del juicio en contra de los cuatro ex carabineros involucrados. En la parte acusadora se encontraba la familia Vergara, representados por los abogados del staff del diputado comunista Hugo Gutiérrez, Enzo Morales y Matías Ramírez, en Instituto Nacional de Derechos Humanos y el Consejo de Defensa del Estado, además del Ministerio Público.

Según declaró Enzo Morales en conversación con este medio, los querellantes intentaron acreditar “la configuración del delito de secuestro calificado, que consiste en la privación de libertad de una persona sin justificación, y que hasta el momento se mantiene permanente en el tiempo. Es decir, desaparición forzada de personas. Es importante recordar que la detención se produce desde el domicilio del detenido”.

Durante el juicio declararon los familiares de Vergara, en calidad de testigos. Pero no solo ellos. Además, participaron los altos mandos de la 3era Comisaría de Alto Hospicio, que ofrecieron los resultados del sumario interno que determinó que los cuatro funcionarios habían ocultado información durante los 18 días posteriores a la detención. El 1 de octubre, día en el que uno de los carabineros decidió romper con el pacto de silencio y admitir que habían participado del procedimiento, finalmente se logró dar con una porción de claridad. Luego de reconocer la detención los otros tres participantes se sumaron y agregaron que habían abandonado a José en el desierto en lo que se ha constituido como una práctica común para la policía local. Se le llama “machetazo” o “dos corto”. Una patrulla ejerce vejaciones sobre un detenido y luego lo abandona en zonas desérticas para que tenga que emprender un regreso a pie. Pero Enzo Morales no cree esa versión.

En el juicio también declaró el equipo de búsqueda. En ese proceso participaron cinco diferentes instituciones (Fuerza Aérea, Ejército, Armada, Policía de Investigaciones y Carabineros), trabajando por más de 30.000 horas hombre para encontrar el cuerpo de José Vergara. Llegaron a la zona más de 200 funcionarios provenientes de otras regiones para colaborar en la búsqueda. Se caminaban alrededor de 10 kilómetros diarios alcanzando a recorrer cerca de 800 kilómetros cuadrados de desierto.

Se revisaron más de 600 piques mineros con la colaboración del Servicio Nacional de Geología y Minería. Los últimos 20 piques tuvieron que ser incursionados gracias a la ayuda de una cápsula similar a la que ocuparon los 33 mineros de Atacama.

Luego fue el turno de declarar del equipo del Centro de Salud Mental que acogía regularmente a Vergara. El joven tenía un 77% de discapacidad acreditada por el Servicio Nacional de Discapacidad.  Declaró el psiquiatra, el psicólogo, las asistentes sociales que también acreditaron la condición de vulnerabilidad de la familia e incluso el enfermero que hacía la fármaco-vigilancia.

La familia Vergara vivía en una situación económica y socialmente precaria, por eso los abogados también invocaron la ley Zamudio: “Todos ellos también declararon para determinar la vulnerabilidad y la agravante de la ley Zamudio, que invocamos porque creemos que los carabineros actuaron motivados por la vulnerabilidad socioeconómica del detenido y por su vulnerabilidad mental. Nuestra tesis es que José fue privado de libertad por agentes del Estado y esa privación es continua y permanente en el tiempo, lo que constituye un secuestro calificado y desaparición forzada de personas”.

El juicio oral es una garantía para los acusados. Es la única oportunidad que tienen para dar su versión de los hechos. Pueden declarar en cualquier momento en que estimen pertinente, pero hicieron uso de su derecho a guardar silencio y decidieron no declarar nunca. Su defensa se basó en la tesis de que estos hechos no constituyen ni secuestro ni desaparición forzada, sino que le atribuyen la absoluta responsabilidad a la familia.

“La defensa en sus pruebas solo ha intentado contaminar las pruebas del Ministerio Público. Ellos han revelado que había discusiones en la familia, que las fechas de la denuncia de presunta desgracia -que se hizo el 15, no el 13- generan dudas. Lo otro que han señalado es que estos hechos no son delitos y que ellos actuaron cumpliendo un deber. Que como lo liberaron, no es responsabilidad de ellos que no se haya encontrado”.

Hoy el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique dictó su veredicto. La instancia estuvo marcada por la recalificación del delito a “detención ilegal” (con penas significativamente más bajas), se modificaron las medidas cautelares (de prisión preventiva a arraigo nacional) y se rechazó el intento de apelación a la Corte de Apelaciones por parte de la fiscalía para no cambiar la cautelar. Tampoco se reconoce la aplicación de la Ley Zamudio, dado que no se pudo comprobar que los funcionarios actuaran en función de la vulnerabilidad de Vergara. El texto final de la sentencia se dará a conocer el 11 de abril.

Por otra parte el Instituto de Derechos Humanos anunció la presentación de un recurso de nulidad. Pablo Rivera, abogado del órgano, sostuvo que “El Instituto conoció hoy el veredicto y consideramos que es una decisión bastante lamentable desde el punto de vista de los derechos humanos. El tribunal hace una errada calificación jurídica de los hechos acreditados, muy alejada de las pruebas presentadas. Estas no dan ningún antecedente de que hubo un acto de liberación de José por parte de quienes fueron acusados”.

 

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