Protección de glaciares: Cámara votará modificación del Código de Aguas

El texto aprobado por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales avanza en una definición amplia de los ecosistemas glaciares e impide múltiples actividades de intervención que han derivado en destrucción y consecuente afectación de las reservas de agua.

El texto aprobado por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales avanza en una definición amplia de los ecosistemas glaciares e impide múltiples actividades de intervención que han derivado en destrucción y consecuente afectación de las reservas de agua.

Este jueves en la Cámara de Diputados se avanzará en el proyecto de ley que modifica el Código de Aguas para impedir la constitución de derechos de aprovechamiento sobre glaciares, que el 6 de junio fuera aprobado en particular por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados. Esta semana el pleno de la corporación votará la iniciativa, luego de lo cual –si se aprueba- pasará a segundo trámite constitucional en el Senado.

Esta figura está incluida también en la reforma al Código de Aguas, que en un lento avance se encuentra en segundo trámite constitucional en la Comisión de Agricultura del Senado, y que ya fuera aprobada por la Cámara de Diputados. Forma parte, también, de la Ley de Preservación de Glaciares, detenida en la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja.  Producto de las dificultades de ambos proyectos, la aprobación de la iniciativa es fundamental para lograr un avance relevante en la protección de estas importantes reservas de agua dulce amenazadas por diversas actividades productivas, particularmente la minería.

Sobre el texto aprobado por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, este va más allá de solo prohibir la constitución de derechos de agua sobre glaciares, ya que avanza de manera significativa en una definición amplia de los ecosistemas glaciares e impide actividades que los puedan degradar, aceleren su derretimiento o los destruyan físicamente. Esto porque tales acciones afectan estas reservas estratégicas de agua dulce parael consumo humano, la conservación ambiental y todas las actividades productivas que requieren del agua.

La moción

La iniciativa agrega al artículo 5º del Código de Aguas el siguiente texto: “Los glaciares son bienes nacionales de uso público, con todo, no se podrá constituir derechos de aprovechamiento de aguas sobre ellos”. Su aprobación en general en la comisión se concretó a fines de mayo, luego de lo cual se abrió plazo para indicaciones, las que se votaron el 6 de junio.

Entre las aprobadas se agregó una definición de glaciares que incluye “todo volumen de hielo y nieve permanente, que persista por periodos de al menos dos años y que cubra un área igual o superior a 0,01 Km2, incluyendo cualquier superficie rocosa con evidencia superficial de flujo viscoso, producto de un alto contenido de hielo actual o pasado en el subsuelo”.

Además “se reconoce expresamente que los glaciares son ecosistemas complejos asociados a los ambientes glaciares y periglaciares y son parte del ciclo hidrológico de las aguas”, ampliando su constitución no solo al hielo sino al “material detrítico rocoso, las lagunas y cursos de agua que se encuentren en su superficie”.

La protección de los glaciares, constituye en que un ámbito fundamental es el de los recursos hídricos, planteando que “el agua es escasa y está contaminada, se está perdiendo hábitat y existe gran vulnerabilidad al cambio climático”, por lo cual llama a “completar la reforma del sistema de asignación de agua para limitar las extracciones, dar prioridad a los usos esenciales del agua y reflejar los requisitos ecológicos, y evaluar los riesgos relacionados con la calidad y cantidad de los recursos hídricos para la toma de mejores decisiones de asignación (enfoque basado en un análisis de riesgo)”.





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