Diario y Radio Universidad Chile

Año XVI, 28 de marzo de 2024


Escritorio

Bases del concurso de Mensajería de Texto: SMS “Entre Tú y Yo”

BASES DE CONCURSO

Mensajería de Texto: SMS
“Entre Tú y Yo”
“CONCURSO”

TITULO I

“De las Características del Concurso”

Artículo 1°.- El programa “Entre Tú y Yo” y dentro de la programación diaria de la radio, en adelante, con domicilio en Miguel Claro número 509, Comuna Providencia, Santiago, dentro del cual se desarrollará el concurso interactivo con sorteo de premios, el cual tendrá vigencia desde la fecha de inicio el 20 de Abril de 2013 en adelante.

Este concurso se regulará de acuerdo a las siguientes bases.

Artículo 2°.- La producción del programa y la Producción General de la emisora, en adelante, velarán por el cumplimiento de las presentes bases y tomarán las decisiones necesarias que digan relación con los concursos, las cuales serán inapelables.

 

TITULO II

“Quiénes pueden participar”

Artículo 3°.- Podrán participar todas aquellas personas naturales que envíen un mensaje de texto con la letra “F” al número 2150, ya sean desde Santiago o desde Regiones.

Artículo 4°.- No podrán participar en el sorteo de los premios los empleados, agentes, dependientes o colaboradores permanentes de “Radio Universidad de Chile” ni de “Celmedia”, como tampoco sus cónyuges y parientes hasta el tercer grado de parentesco por consanguinidad.

Tampoco podrán participar los empleados de las compañías Móviles, Movistar, ENTEL PSC, Telsur, Claro, VTR, Nextel.

 

TITULO III

“De la Participación y los Concursos”

Artículo 5°.- Las personas que deseen participar deben enviar, desde teléfonos móviles, un mensaje de texto con la letra F al número 2150.

Cada mensaje de texto desde teléfonos celulares quedará registrado computacionalmente, con el número telefónico del auditor.

Habrá un sorteo cada sábado al final del programa Entre Tú y Yo, el cual se desarrollará con las personas que hayan participado en el concurso. La forma de realizar el sorteo será a través de una tómbola computacional que tendrá en su interior toda la información.

* Radio universidad de Chile, el programa Entre Tú y Yo y Celmedia S.A. NO se harán responsables por los menores de edad que, sin autorización de sus padres o representantes, pudieran intervenir de cualquier forma en éste Concurso.

Artículo 6°.- Una vez realizado el sorteo, se llamará al número seleccionado con el fin de contactarse con la persona que resultó ganadora. De no lograr la comunicación con uno o más de los números sorteados (3 en total), ya sea por encontrarse ocupado, fuera de servicio, con contestador, no ser contestado u otra circunstancia, tiempo que será estimado únicamente por la producción del programa, se procederá, si éste así lo dispone, a llamar al siguiente número, realizándose la misma operación antes descrita. Esto operación sólo podrá realizarse un total de 3 veces, según los números sorteados seleccionados, y en caso de que no se logre establecer la comunicación con ninguno de ellos, deberá declararse “desierto” el premio.

Artículo 7°.- Sólo participarán en el concurso los mensajes de texto de celulares efectuados durante el período de concurso establecido en estas bases.

Artículo 8°.- El programa Entre Tú y Yo no se hace responsable por pérdidas de información, interrupciones, incapacidades o fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico, electrónico o cualquier otro.

Artículo 9°.- El valor de cada mensaje de texto de los celulares, será de $390.- (trescientos noventa pesos chilenos) IVA incluido, para el participante.

 

TITULO IV

“De los premios”

Artículo 10°.- El premio que recibirá cada ganador será:

Sorteos:

1 reloj Festina Lotus.

Artículo 11°.- Será requisito indispensable para que el programa Entre Tú y Yo haga entrega del premio a la persona que resulte ganadora del mismo, que ésta acredite por medio de la cuenta telefónica del celular, o a través del teléfono celular mismo, ser titular del número sorteado y documentar que no existe deuda pendiente alguna con la empresa telefónica correspondiente, a la fecha de la entrega del premio.

En el caso de las tarjetas prepago, bastará con llevar el teléfono celular.

En caso de no acreditarse lo anterior, el programa Entre Tú y Yo estará facultado para retener la entrega del premio mientras no se dé cumplimiento a lo establecido anteriormente.

Artículo 12°.- La entrega del premio será efectuada única y exclusivamente a la persona que haya ganado el premio, o a la persona que designe como representante para ello, mediante un poder escrito y con su firma autorizada ante Notario.

En caso de que el ganador sea un menor de edad, el premio se le entregará a su representante legal debidamente acreditado.

Los ganadores domiciliados en la Región Metropolitana deberán cobrar su premio en el lugar y horario que les será indicado telefónicamente conforme a lo establecido en las presentes bases, portando su cédula de identidad.

Para los ganadores que residan fuera de la Región Metropolitana, la producción del programa se pondrá en contacto con ellos para establecer la forma de hacerle el envío del premio a su región respectiva. El ganador deberá enviar vía mail una copia de su cédula de identidad por ambos lados para así acreditar que es la persona ganadora, junto con los requisitos establecidos en el artículo anterior para efectos de acreditar que efectivamente hizo la llamada y no registra deuda con la compañía telefónica.

Si la persona tiene un celular de empresa, la persona deberá acreditar que es el usuario autorizado por la empresa para hacer uso del celular desde el cual envió el mensaje.

 

TITULO V

“Responsabilidad de los auditores”

Artículo 13°.- Por el sólo hecho de participar en el concurso, se entenderá que los usuarios que concursen, salgan favorecidos por algún premio o no, han autorizado expresa e irrevocablemente al programa Entre Tú y Yo para usar con fines publicitarios su nombre, seudónimo, fotografías y cualquier reproducción o impreso suyo que sea necesario o útil para efectos promocionales, sin tener derecho a percibir pago alguno por dicho concepto.

Los resultados de los ganadores serán publicados en la web de la emisora www.radio.uchile.cl . Esto vale también en caso de que el concurso sea declarado desierto.

Artículo 14°.- Por el sólo hecho de participar, se presumirá que los usuarios que concursen, aceptan estas bases, no pudiendo aducir desconocimiento de las mismas. Por lo tanto, la aplicación de ellas no dará derecho a reclamo alguno en contra de las operadoras de telefonía móvil, el programa Entre Tú y Yo, ni de sus ejecutivos, trabajadores, personeros o de sus auspiciadores, especialmente en el caso en que se proceda a eliminar o reemplazar un mensaje de texto de celular de algún usuario, o se niegue el paso o entrega de cualquier premio, por estimarse que al respecto no se cumplen las reglas establecidas anteriormente.

* Todo cargo, gasto o costo adicional en que incurran los ganadores con el motivo de su participación en el concurso, aceptación, obtención y uso del premio será de su exclusiva responsabilidad y cuenta del ganador.

 

TITULO VI

“Exención responsabilidad de los operadores móviles”

Artículo 15°.- Las compañías operadoras de telefonía móvil a través de las cuales deberán cursarse los mensajes del concurso, estarán exentas de cualquier responsabilidad directa o indirecta respecto del contenido, término, condiciones de estas bases, así como de la ejecución del concurso y entrega de los premios.

Además, el Programa Entre Tú y Yo declara que ha obtenido y cuenta con las autorizaciones y derechos para realización del presente concurso. Por lo tanto, los operadores de telefonía móvil no deberán pagar suma alguna por motivo de la realización o ejecución del presente concurso y además no tendrán responsabilidad alguna, que se relacione directa o indirectamente con estos derechos, autorizaciones y/o reclamos, denuncias, infracciones o requerimientos de terceros.

 

NORMAS GENERALES

Artículo 16°.- El programa Entre Tú y Yo se reserva el derecho de iniciar acciones legales que estime procedentes en el caso de detectar alguna irregularidad con relación al desenvolvimiento del concurso regulado por estas bases.

Artículo 17°.- El programa Entre Tú y Yo se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes bases, circunstancia que los concursantes aceptan por el sólo hecho de participar en el respectivo concurso.

Artículo 18°.- El programa Entre Tú y Yo se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, previa protocolización de la respectiva modificación en una Notaría Pública de Santiago.

Artículo Final: En el desenvolvimiento y realización del sorteo, así como la participación de los concursantes, regirán las presentes bases, que serán publicadas en el sitio web www.radio.uchile.cl