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Diputados aprueban proyecto que impide que parlamentario-abogado ejerzan profesión

Ricardo Salazar

  Martes 17 de noviembre 2009 10:57 hrs. 
Radio-Uchile

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La Cámara de Diputados aprobó las observaciones de la Presidenta Bachelet al proyecto de reforma constitucional sobre transparencia, modernización del Estado y calidad de la política, estableciendo la prohibición de que los parlamentarios abogados litiguen.

La iniciativa consiste en establecer una inhabilidad parlamentaria, específicamente para quienes posean el título profesional de abogado.
Actualmente, los parlamentarios abogados sólo pueden ejercer y litigar en juicios, en la medida de que no sea contra el Fisco de Chile.
 
Con este veto Presidencial, el proyecto eleva a rango de la constitución la imposibilidad de que un parlamentario ejerza como abogado, en cualquier tipo de litigio.
El diputado de la UDI Edmundo Eluchans, señaló que la oposición respaldó la iniciativa, para que se defina esta inhabilidad entre ambos roles.

"Hoy va a quedar claro que los parlamentarios que somos abogados no podremos actuar ni como abogados, ni procuradores en ninguna clase de litigio, ya no sólo restringidos contra el Fisco como lo dice la norma Constitucional en la actualidad". Indicó el diputado.

Este veto se presentó  por una poco clara definición de la reforma constitucional, ya que en los actuales términos se podría entender que estaba permitida la participación indirecta en litigios.

Así lo explicó  el parlamentario independiente Pedro Araya, quien señaló que de que con este veto se define claramente la prohibición.

"Resultado de una derogación involuntaria que se hizo de una disposición constitucional es la que eventualmente de no aprobarse este veto se podría entender que los parlamentarios a través de la sociedad que tengan podrían eventualmente realizar gestiones ante las autoridades fiscales o el Estado en su conjunto y con eso se estaría vulnerando indirectamente la prohibición Constitucional que tienen los parlamentarios", señaló Araya.

Con los nuevos términos, la prohibición no sólo regirá en cuanto a la participación en sociedades de abogados, sino además en el ámbito de las procuradurías.

El veto presidencial se aprobó unánimemente por 91 votos en la sala de la Cámara de Diputados, con lo que cumplió su primer trámite constitucional y pasará al Senado a segundo trámite, si es aprobado sin modificaciones, será despachado a ley.

El proyecto de reforma constitucional sobre transparencia modernización del Estado y calidad de la política, establece la obligación a las altas autoridades de declarar patrimonio e intereses, el sistema de fideicomiso ciego y en algunos casos la obligación de enajenar bienes dependiendo del cargo público que se ejerza.

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