El máximo tribunal ratificó que la empresa Aguas Andinas debe cumplir con una serie de requisitos y compensaciones a la comunidad antes de lograr la aprobación íntegra de la Resolución de Calificación Ambiental de la planta de tratamiento de aguas servidas Mapocho.
Los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal ratificaron de manera unánime el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado un recurso de protección presentado por la sanitaria en contra Comisión Regional de Medioambiente (Corema) Metropolitana.
Así, entre las exigencias que debe cumplir la empresa se encuentran:
Solicitar la concesión del área urbana de Padre Hurtado, específicamente el Sector de San Ignacio, a objeto de conceder la correspondiente factibilidad sanitaria, de acuerdo a la normativa vigente.
Restituir en igual cantidad las aguas que actualmente son descargadas al río Mapocho, las cuales serán recolectadas para su tratamiento y disposición final mediante las obras que forman parte del proyecto.
Construir, a su costa, las obras civiles de riego que permitan dicha restitución de las aguas a los canales ya mencionados.
Cerrar el monofill de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas El Trebal.
El máximo tribunal ratificó que la empresa Aguas Andinas debe cumplir con una serie de requisitos y compensaciones a la comunidad antes de lograr la aprobación íntegra de la Resolución de Calificación Ambiental de la planta de tratamiento de aguas servidas Mapocho.
Los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal ratificaron de manera unánime el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado un recurso de protección presentado por la sanitaria en contra Comisión Regional de Medioambiente (Corema) Metropolitana.
Así, entre las exigencias que debe cumplir la empresa se encuentran:
Solicitar la concesión del área urbana de Padre Hurtado, específicamente el Sector de San Ignacio, a objeto de conceder la correspondiente factibilidad sanitaria, de acuerdo a la normativa vigente.
Restituir en igual cantidad las aguas que actualmente son descargadas al río Mapocho, las cuales serán recolectadas para su tratamiento y disposición final mediante las obras que forman parte del proyecto.
Construir, a su costa, las obras civiles de riego que permitan dicha restitución de las aguas a los canales ya mencionados.
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El máximo tribunal ratificó que la empresa Aguas Andinas debe cumplir con una serie de requisitos y compensaciones a la comunidad antes de lograr la aprobación íntegra de la Resolución de Calificación Ambiental de la planta de tratamiento de aguas servidas Mapocho.
Los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal ratificaron de manera unánime el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado un recurso de protección presentado por la sanitaria en contra Comisión Regional de Medioambiente (Corema) Metropolitana.
Así, entre las exigencias que debe cumplir la empresa se encuentran:
Solicitar la concesión del área urbana de Padre Hurtado, específicamente el Sector de San Ignacio, a objeto de conceder la correspondiente factibilidad sanitaria, de acuerdo a la normativa vigente.
Restituir en igual cantidad las aguas que actualmente son descargadas al río Mapocho, las cuales serán recolectadas para su tratamiento y disposición final mediante las obras que forman parte del proyecto.
Construir, a su costa, las obras civiles de riego que permitan dicha restitución de las aguas a los canales ya mencionados.
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