Contraloría dictamina que ministros de Estado no pueden realizar actos de campaña electoral

Luego de la denuncia realizada por integrantes del comando de Sebastián Piñera sobre intervencionismo contra seis ministros, el ente fiscalizador determinó que los secretarios de Estado no pueden ligarse a actividades proselitistas. Y si bien, en este caso no aplicó sanciones, la norma comenzará a regir de ahora en adelante.


Luego de la denuncia realizada por integrantes del comando de Sebastián Piñera sobre intervencionismo contra seis ministros, el ente fiscalizador determinó que los secretarios de Estado no pueden ligarse a actividades proselitistas. Y si bien, en este caso no aplicó sanciones, la norma comenzará a regir de ahora en adelante.

Luego de la denuncia realizada por integrantes del comando de Sebastián Piñera sobre intervencionismo contra seis ministros, el ente fiscalizador determinó que los secretarios de Estado no pueden ligarse a actividades proselitistas. Y si bien, en este caso no aplicó sanciones, la norma comenzará a regir de ahora en adelante.

La Contraloría General de la República dio a conocer el dictamen mixto sobre la denuncia que realizaron en octubre pasado integrantes del comando de Sebastián Piñera sobre intervención electoral de seis ministros de Estado a favor de la campaña del candidato oficialista, Eduardo Frei.

En esa oportunidad, los senadores Andrés Allamand y Andrés Chadwick, junto a Jorge Schaulsohn y Rodrigo Hinzpeter, entregaron un oficio en que se enumeraban declaraciones en favor de Eduardo Frei que hicieron los secretarios de Estado en horario de trabajo, incumpliendo, a su juicio, el reglamento que había emanado la Contraloría un mes antes, en donde se regulaba la prescindencia de los funcionarios públicos en campañas electorales.

En ese sentido, la resolución señala que “los ministros, en el desempeño de la función pública que ejercen, siempre deben observar cabalmente las normas constitucionales y legales que regulan el principio de probidad administrativa”.

El texto agrega que “cualquiera sea su jerarquía, y con independencia del estatuto jurídico que los rija, están impedidos de realizar actividades de carácter político y, por ende, a manera ejemplar, no pueden hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas, participar en reuniones o proclamaciones para tales fines, asociar la actividad del organismo respectivo con determinada candidatura, tendencia o partido político, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares con el mismo objeto, y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias o partidos políticos”.

Pese a ello, el ente fiscalizador no estableció sanciones en contra de los seis secretarios de Estado aludidos, entre los que se incluyen la ex titular de la Segegob Carolina Tohá, el canciller Mariano Fernández, el ministro de Obras Públicas Sergio Bitar, el titular de la Segpres José Antonio Viera-Gallo, Mónica Jiménez  de Educación y Marigen Hornkohl de Agricultura. Sin embargo, el dictamen precisó que esta determinación se aplicará en los casos que sea necesario de aquí en adelante.





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