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Suprema falla a favor de reducir la base de cálculo de la indemnización por años de servicio

Editora Diario Electrónico

  Viernes 15 de enero 2010 9:48 hrs. 
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Desde el año 2006 que la Sala Laboral de la Corte Suprema viene aplicando un criterio distinto al que tiene la Dirección Trabajo, respecto de la interpretación de la base de cálculo para las indemnizaciones por años de servicio.

En un reciente fallo el máximo tribunal estableció que las asignaciones de colación y movilización no deben considerarse en la estructura de costos de despido de un trabajador asalariado.

Sin embargo, la doctrina administrativa de la Dirección del Trabajo y la jurisprudencia de los juzgados del Trabajo sostienen históricamente que el monto de la indemnización se calcularía sobre la totalidad de los dineros que el trabajador estuviese percibiendo al momento de terminar el contrato, lo que incluía bonos de alimentación y locomoción.

Por esto, la bancada laboral de la Cámara de Diputados presentó una moción legislativa para zanjar este debate a favor del ente fiscalizador.

El diputado de la Comisión de Trabajo de la Cámara Baja, Tucapel Jiménez, tildó de “sorprendente” el criterio aplicado por la Corte Suprema en estos casos, señalando que el concepto real de remuneración debe comprender todos los dineros que los trabajadores perciben de modo permanente.

"Lo que nos preocupa es que justamente el fallo de la Corte Suprema empieza a disminuir la indemnización que van a recibir los trabajadores cuando son despedidos, por lo tanto, esperamos que esto se zanje. Para cualquier trabajador los montos que reciben en la actualidad por bonos de colación o transporte son parte de su sueldo, por lo tanto a la hora de calcular la base de indemnización debe considerarse todo lo que recibe el trabajador en el mes. Así ha sucedido históricamente, por eso es sorprendente el fallo de la Corte Suprema", indicó el parlamentario.

A su vez, la directora del Programa de Economía del Trabajo, Carmen Espinosa, afirma que con la eliminación de los ítems de movilización y comida en el cálculo de las indemnizaciones se estaría avanzando hacia una mayor flexibilidad del sistema laboral.

"Nos preocupa mucho porque viene poniéndose en sintonía con las fuerzas que van hacia la flexibilización laboral, lo que puede ser un detalle la no contabilización de asignaciones como la colación y la movilización en la indemnización es un tema complicado porque en los salarios altas no tiene ninguna importancia porque incluso tienen límites las indemnizaciones, pero en las remuneraciones bajas para un trabajador es muy importante esta asignación a la hora de recibir la indemnización", señaló la experta.

En tanto, el profesor de derecho del trabajo de la Universidad de Chile, Claudio Palavicino, sostiene que la interpretación del máximo tribunal en esta materia sería conforme a la ley.

"Las asignaciones de colación y movilización no constituyen remuneración para ningún efecto legal conforme al artículo 41 del Código del Trabajo y por consiguiente no pueden considerarse dentro de la base de cálculo de la indemnización por años de servicio que esta indemnización indica que sean pagadas una remuneración por cada año de servicio, pero esa remuneración está integrada por aquellas partidas de la liquidación que son constitutivas de remuneración y en ese sentido desde un punto de vista técnico la resolución de la Corte Suprema es correcta", precisó el abogado.            

Esta controversia se suma a otra serie de desencuentros que ha tenido la Corte Suprema con la Dirección del Trabajo, donde el caso más polémico ha sido el fallo que desestimó un importante dictamen de la autoridad administrativa, en el que se obligaba a Codelco a traspasar a planta a más de cuatro mil trabajadores subcontratados.

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