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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Corte Suprema rechaza recurso por concentración de avisaje estatal en duopolio periodístico

El máximo tribunal rechazó el recurso de reclamación presentado por la revista Punto Final en contra de varios Ministerios por la concentración del avisaje publicitario del Estado en las grandes cadenas periodísticas del país en desmedro de los medios independientes.

Diana Porras

  Miércoles 28 de abril 2010 23:35 hrs. 
Radio-Uchile

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En un fallo unánime los ministros de la Tercera Sala de la Corte Suprema Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Benito Mauriz ratificaron el fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que desestimó el requerimiento contra los ministerios de de Hacienda, Justicia y Planificación y Desarrollo.

La resolución judicial determinó que dichas secretarías de Estado han ajustado sus procesos de compras de avisajes publicitarios a las leyes del mercado y que no vulneran las normas de la libre competencia.

En este sentido, el fallo indica que “así las cosas, esa concentración de avisaje en dos grandes cadenas periodísticas –y justificada y parcial ajuicio de la revista Punto Final- sólo deriva designar el avisaje estatal sobre la base de criterios de mercado, como son el índice de lectoría de cada medio escrito y los destinatarios a los que va dirigido el mensaje que se persigue comunicar”.

El director de la Revista Punto Final, Manuel Cabieses, manifestó que los argumentos son de tipo “burocrático” y los tribunales no se hacen cargo del tema de fondo que es la libertad de expresión y el pluralismo.

“No esperamos que en los tribunales chilenos se vaya a reconocer el derecho de la prensa independiente, es decir, la que cuestiona el modelo económico, político e institucional reciba el aporte de la publicidad estatal, así que estábamos preparados para un resultado como el que se conoce”, comentó.

El texto agrega que para establecer una discriminación positiva a favor de los medios ajenos a los dos consorcios periodísticos se debe dictar una ley especial que determina este mecanismo.

Por lo mismo, Cabieses adelantó que llevarán el caso  a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “Recurrir a estas instancias que funcionan fuera del país, en este caso concreto en Washington y en Costa Rica, implica una serie de situaciones como afrontar el costo de nuestro caso. Tenemos que ver bien la posibilidad de llevar adelante esto y no quedarnos en el camino y tratar de interesar a aquellos medios escritos, radiales y televisivos que se sientan interpretados con esta lucha”

El fallo de la Corte Suprema concluye que “acceder a las peticiones de este recurso conllevaría a instalar a favor de algunos medios de prensa una designación positiva, la que corresponde ser declarada por una ley y la falencia de esta norma, no puede ser suplida mediante la utilización sesgada del avisaje estatal en pos de apoyar –a un reconociendo la legitimidad de esta pretensión- una mayor diversidad informativa”.

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