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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Tribunal Constitucional exige revisar Ley de Isapres ante alza “inconstitucional” de planes

La idea es dejar sin vigencia el artículo que consagra la tabla de riesgo que castiga a los usuarios con preexistencia de enfermedades, vejez o a mujeres en edad fértil. Tanto el Ejecutivo como el Legislativo tienen hasta el 18 de mayo para llegar a alguna resolución, de lo contrario, el TC declarará la disposición como inconstitucional.

Ninoska Leiva

  Martes 11 de mayo 2010 16:11 hrs. 
Radio-Uchile

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Mónica Contreras tiene dos hijos y luego de varios años cotizando en Isapres debió cambiarse a Fonasa por el encarecimiento progresivo que sufrió su plan. Esta es la realidad de miles de usuarios quienes, a punta de reclamos, ponen una vez más a estas empresas de salud en el ojo del huracán.

Entre 2008 y 2009 las quejas contra estas instituciones recibidos en la Superintendencia de Salud crecieron en un 23 por ciento. La razón: el alza en los planes por preexistencia, vejez y edad fértil.

Por lo mismo, el Tribunal Constitucional indicó la necesidad de buscar un mecanismo que determine la inaplicabilidad del artículo de la Ley de Isapres que consagra la tabla de riesgo, principal causante de las alzas de los planes.

Hasta el momento, hay cuatro usuarios que han conseguido que sus planes no suban porque el órgano determinó que el incremento del valor del plan es contrario a la Constitución, al vulnerar la igualdad ante la ley, el derecho a la salud y a la protección social.

La instancia solicitó al Ejecutivo y al Congreso revisar el artículo que faculta a estas empresas subir sus precios sólo con 60 días de antelación y la fecha para que ambos poderes de Estado se pronuncien vence el próximo 18 de mayo.

Para el presidente de la Corporación de Consumidores de Chile (Conadecus), Hernán Calderón, este es “el momento de hacer cambios profundos en la Ley de Isapres porque debe prevalecer la salud de las personas por sobre el negocio, absolutamente lo contrario de lo que ocurre con el aumento de precios según la condición que tenga cada persona”.

Calderón indicó además que “los perjudicados aquí son principalmente las mujeres, los adultos mayores, los que padecen enfermedades catastróficas. Ellos han visto sus derechos vulnerados”.

En este sentido, el diputado PS y miembro de la comisión de Salud, Juan Luis Castro, sostuvo que “el Tribunal Constitucional ha revisado decenas de casos de usuarios que se han visto afectados por esta situación abusiva, tanto en los factores de riesgo que se aplican en los planes de salud, como en los sistemas de reajustibilidad de las empresas. Por primera vez en la historia se ha dicho que esto no es justo ni correcto, que no es constitucional”.

Según el ex presidente del Colegio Médico,  todos los diputados concertacionistas miembros de la comisión están a  favor de revisar el reajuste, por lo que emplazó a los parlamentarios oficialistas y al Gobierno a pronunciarse al respecto.

En tanto, las Isapres ya se hicieron parte del proceso y presentaron un oficio paralelo que indicaba que no hay inconstitucionalidad.  En el texto explicaron también los efectos negativos que tendría este cambio en el sistema de salud privado y en los afiliados.

Según Isapres de Chile “es necesario llegar a una compensación económica respecto de los recursos que se dejarán de revisar si es que se decide derogar el alza para algunos tipos de población”.

El gerente general de Isapres de Chile, Rafael Caviedes, advirtió que el cambio pone en riesgo la viabilidad del procedimiento porque, según él, aproximadamente unos 600 mil cotizantes no tendrían capacidad de pago para enfrentar esta especie de impuesto que le estarían cobrando para soportar el gasto extra que generarían las personas que actualmente pagan más, provocándose un gran éxodo hacia Fonasa, lo que colapsaría todo el sistema”.

De todas formas, si el Ejecutivo no se pronuncia antes del 18 de mayo el Tribunal Constitucional podría determinar que la tabla de factores es inconstitucional.

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