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Tribunal Constitucional analiza argumentos para derogar, reformar o mantener Ley de Isapres

Francisco Mardones

  Miércoles 26 de mayo 2010 11:50 hrs. 
Radio-Uchile

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El Tribunal Constitucional escuchó los argumentos de seis instituciones respecto de la solicitud de la bancada de diputados socialistas de derogar el artículo 38 ter de la Ley de Isapres que permite a las empresas elevar unilateralmente el costo de los planes de salud a partir de una tabla de factores de riesgo etaria.

Al artículo en cuestión es visto como una discriminación arbitraria de distintas garantías que están avaladas en la Constitución Política, como la igualdad ante la ley o el derecho a la salud, según argumentó el abogado Marcelo Rojas, representante de los diputados socialistas.

“Colisiona directamente  con las garantías que establece la Constitución y establece una discriminación arbitraria por hechos que no son voluntarios,  como el sexo y la edad, respecto a un número de determinado de personas , que se encuentran en la misma situación que las personas que recurrieron a este tribunal y obtuvieron la inaplicabilidad en su caso particular”, indicó Rojas.

El abogado Pedro Barría, autor del libro Isapres: radiografía del sistema, consejos para los usuarios y quien ha representado ante tribunales a decenas de personas perjudicadas por el sistema, manifestó ante el TC que la solución para terminar con esta clase de arbitrariedades está en modificar la ley y no un artículo específico.

“Hay varias normas que son inconstitucionales porque establecen un marco de desequilibrio y desigualdad entre las Isapres y los afiliados. En un contrato no puede haber una parte que sea poderosa, que tenga facultades unilaterales para modificar el precio, terminar el contrato, actuar como juez y parte en el caso de las licencias. Si la parte poderosa tiene facultades unilaterales eso quiebra el equilibrio de contrato y, por lo tanto, es contrario a la Constitución el bien común”, sostuvo Barría.

Javier Fuenzalida, ex superintendente de Seguridad Social, quien elaboró un informe acerca de las rentabilidades de las Isapres, basó sus argumentos en que durante los últimos doce años éstas se asemejaron a las utilidades obtenidas por las sociedades anónimas que se tranzan en la Bolsa, con la salvedad que las Isapres no tienen riesgos económicos. Además,  Fuenzalida indicó que la Ley de Isapres entra en conflicto con otras legislaciones, por lo tanto es urgente su reforma completa.

“Tenemos una ley de las Isapres en que no se cumple el elemento precio que determina el código civil, no puede haber contrato sin precios y aquí lo hay. No se cumple que el mercado sea libre, porque hay barreras de entrada, es monopolístico , entonces se viola la ley de Libre Competencia. Y no se cumple las condiciones de los contratos de adhesión que determina la Ley de Consumidores. Entonces, hay tres o cuatro leyes que están pugna con la ley de Isapres, probablemente el factor  más complicado es el del precio”, señaló el ex intendente de Seguridad Social.

Desde la otra vereda, el abogado representante de la Isapre Consalud, Héctor Humeres, indicó que la ley le da la posibilidad al usuario de elegir entre el sistema público y el privado de salud de manera libre.

“Significa que él cuando celebre un contrato de salud está ateniéndose a las normas del mismo. En ese contrato la ley señala cuáles son sus características y esta le indica que firma un plan hacia el futuro en que están incluidas todas las condiciones que van a acompañar su ciclo de vida. En consecuencia, estas normas no  atentan en absoluto en contra del ordenamiento constitucional”, afirmó Humeres.

En representación de la Asociación de Isapres, alegó el abogado Rodrigo Díaz de Valdés y el propio presidente de la asociación gremial, Eduardo Aninat, quienes se centraron en las consecuencias que tendría en el sistema si el Tribunal Constitucional decide derogar el artículo 38 ter.

En ese punto, las Isapres amenazaron simplemente con subir los costos de los planes a los afiliados jóvenes en más de un 100 por ciento para poder costear la baja de cerca de un 30 por ciento en los afiliados de mayor edad que hoy son perjudicados por la tabla de factor de riesgo etario.

Es decir, si a un afiliado mayor de 50 años se le descuenta un 30 por ciento del precio de su plan de salud y tiene cargas familiares, éstas terminarán mostrando un incremento más costoso aún que en la actualidad.

Además Aninat explicó que un masivo éxodo de afiliados de las Isapres a Fonasa, calculado entre 500 mil y 700 mil personas, significaría un colapso del sistema público.

“La pregunta que hay que hacerse muy claramente es ¿está el sector público chileno, en particular Fonasa, con las listas de espera que ya tiene, entre el Plan Auge y varios otros, en su situación financiera de déficit, en la deuda de arrastre que tiene; capacitado para absorber esa magnitud de beneficiarios, bruscamente en su sistema que emigrarían del sector privado? Creemos que no”

Según Aninat, la Asociación de Isapres no se cierra a la posibilidad de estudiar una reforma al sistema.

Para este miércoles se espera una segunda audiencia pública en la que expondrán los abogados de la Corporación Humanas, de la Sociedad de Geriatría y Gerontología de Chile, además de las Isapres Cruz Blanca y Colmena Golden Cross, y Pablo Contreras, Gonzalo García en representación de los profesores de Derecho Constitucional.

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