La Corte Suprema acogió los recursos de nulidad en el caso por fraude al Fisco y estafa en el caso Programa de Generación de Empleo (PGE) en contra de Fernando Demetrio Avendaño Schlick, Max Leonidas Bastidas Pinilla y Luis Fernández Sarmiento, cometidos el 2005 en las ciudades de Viña del Mar y Quillota.
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal acogieron las presentaciones del Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra el fallo del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso que absolvió a los tres imputados.
El fallo determina que se vulneraron las normas del debido proceso en el juicio oral al no considerar una serie de pruebas.
La Corte Suprema acogió los recursos de nulidad en el caso por fraude al Fisco y estafa en el caso Programa de Generación de Empleo (PGE) en contra de Fernando Demetrio Avendaño Schlick, Max Leonidas Bastidas Pinilla y Luis Fernández Sarmiento, cometidos el 2005 en las ciudades de Viña del Mar y Quillota.
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal acogieron las presentaciones del Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra el fallo del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso que absolvió a los tres imputados.
El fallo determina que se vulneraron las normas del debido proceso en el juicio oral al no considerar una serie de pruebas.
La Corte Suprema acogió los recursos de nulidad en el caso por fraude al Fisco y estafa en el caso Programa de Generación de Empleo (PGE) en contra de Fernando Demetrio Avendaño Schlick, Max Leonidas Bastidas Pinilla y Luis Fernández Sarmiento, cometidos el 2005 en las ciudades de Viña del Mar y Quillota.
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal acogieron las presentaciones del Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra el fallo del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso que absolvió a los tres imputados.
El fallo determina que se vulneraron las normas del debido proceso en el juicio oral al no considerar una serie de pruebas.