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Aprueban proyecto para bloquear datos de personas cesantes en Dicom

Ricardo Salazar

  Miércoles 8 de septiembre 2010 10:07 hrs. 
Radio-Uchile

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El Congreso aprobó el proyecto de ley que establece un régimen especial para las personas cesantes, para que sus datos sobre deudas pendientes no ingresen al boletín comercial.

El texto establece que las entidades responsables que administren bancos de datos personales no podrán publicar o comunicar la información comercial, en especial los protestos y morosidades, cuando ella se hayan originado durante el período de cesantía que afecte al deudor.

Emulando la legislación y los actuales beneficios para cesantes, la nueva ley establece que la Administradora de Fondos de Cesantía comunicará los datos de sus beneficiarios al Boletín de Informaciones Comerciales sólo mientras subsistan sus beneficios para los efectos de que éste bloquee la información concerniente a tales personas, como informó el parlamentario Felipe Salaberry (UDI), autor del texto.

“Hoy la administradora del seguro va a informar a las administradoras de base de dato comercial hasta un plazo de tres meses desde el minuto en que la persona queda cesante”, señaló.

El proyecto consagra que las personas que no estén incorporadas al seguro de cesantía deberán acreditar dicha condición ante el Boletín de Informaciones Comerciales, acompañando el finiquito extendido en forma legal o, si existiese controversia, con el acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo, para los efectos de impetrar este derecho por tres meses renovable, agregó el parlamentario.

“La eventualidad de protestos o morosidad no van a ser publicadas por tres meses, prorrogable por otros tres. Es decir, en seis meses, la información comercial en el período de cesantía de un chileno o chilena no va a ser publicada. Solo pueden acceder a este beneficio las personas que haya tenido durante el último año un comportamiento impecable, es decir, no tener morosidades o protestos”, añadió.

La iniciativa consta de un artículo único y adiciona seis incisos nuevos a la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. La idea es que una persona que pierde su trabajo tenga protección de datos comerciales, en la medida de que no registre deudas durante un año antes. Este bloqueo deberá hacerse sin costo.

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