Senado argentino aprueba Ley de Muerte Digna que respeta la decisión del paciente en “estado irreversible”


El Senado de Argentina aprobó en forma unánime la Ley de Muerte Digna. Por 55 votos a favor, la Cámara Alta despachó el proyecto que regula la protección de la dignidad de los enfermos en “estado irreversible, incurable o vegetal” para garantizar el respeto a su voluntad de seguir o no determinados tratamientos médicos.

Con esta ley, se libera de toda responsabilidad civil, penal y administrativa a los profesionales que obren de acuerdo a la ley, la que contempla  como principal argumento la decisión del paciente.

Uno de los principales puntos de la ley de muerte digna refiere a la potestad de la familia al tomar la decisión sobre abstención y retiro de medidas de soporte vital –como hidratación y alimentación– en pacientes con enfermedad irreversible, incurable o en estado terminal.

Esto refiere a una situación cuando el tratamiento “produzca como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estado terminal, irreversible o incurable”, como en casos de estado vegetativo permanente.

Ante ello, los médicos que intervengan no podrán ser sometidos a acciones administrativas, civiles ni penales. La norma excluye la eutanasia y el suicidio asistido.





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