El Servel publicó los datos personales de todos los votantes del país, exhibiendo en su sitio de internet el Padron Electoral Auditado 2012, y detallando así el nombre, RUT y la dirección de los mayores de 18 años con derecho a voto en las próximas elecciones municipales.
Inmediatamente surgieron suspicacias respecto de la publicación de datos privados y el eventual mal uso que a esto se le puede dar.
Ya en abril había desatado un conflicto al respecto, cuando a través de un buscador, cualquier persona podría acceder a todos los datos publicados, incluso de autoridades de Gobierno y parlamentarios.
Al igual que entonces son distintos aspectos que comprometen la publicación de las bases de datos, ya que de esta forma tienen acceso a ellos empresas y cobradores, como también se trasgreden garantías de privacidad.
Ante esto, el director ejecutivo de la Fundación Pro Acceso, Moisés Sánchez, sostuvo que “la conducta del Servicio Electoral merece una revisión desde un punto de vista legal. El artículo 31 de la misma ley establece un acceso limitado bajo ciertas condiciones a los partidos políticos y candidatos independientes. Eso da a entender que el legislador quiso establecer ciertos mecanismos de resguardo. Toda la lógica en materia de privacidad y protección de datos personales tiene que ver con que, si bien uno entrega ciertos datos a las entidades públicas para ciertos fines, esta información solamente debe ser entregada o socializada en la medida en que correspondan al fin con el que fue entregada”.
Frente a la situación, Sánchez asegura que el debate debe ser al interior del Servicio Electoral, para establecer criterios de socialización y publicación.
“Lamentablemente este mismo servicio se ha visto enfrentado en reiteradas oportunidades a conflictos de este tipo, ya sea por la seguridad de los datos, o la falta de criterio sobre la manera en que van subiendo esa información a las páginas web”, advirtió.
Sin embargo, Juan Ignacio García, director de la cuestionada institución, aseguró que la publicación se remite a aplicar “estrictamente lo que dice la ley”.
Esto lo respaldó el diputado DC, miembro de la comisión de Constitución, Legislación y Justicia, Jorge Burgos, quien explicó que los cambios a la ley 18.556 no se llevaron a cabo para proteger tal información.
“La ley en materia electoral dijo otra cosa. Tienen todo el derecho las personas a tener una visión distinta, respecto de que aquí hay que privilegiar la intimidad y no la transparencia, pero lo concreto es que la ley dijo otra cosa en su oportunidad y el Servicio Electoral está aplicando la ley. El intento de modificar eso no se convirtió en ley, hasta el momento”, señaló.
El artículo 32 de la Ley de Inscripción Electoral Automática establece que el padrón electoral auditado debe publicarse con todos los datos que impone la ley, a pesar de que la Cámara de Diputados haya aprobado una modificación a la norma para resguardar la privacidad de las personas.