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Expertos cuestionan Ley de Derechos y Deberes de pacientes a cerca de un mes de su implementación

La Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes entró en vigencia el 1 de octubre, después de diez años de tramitación. Sin embargo, ya cuenta con críticas por parte de académicos y especialistas, para quienes el cuerpo legal está dejando a la libre interpretación temas tan importantes como la confidencialidad y la autonomía del paciente.

Paula Correa

  Miércoles 7 de noviembre 2012 18:30 hrs. 
DERECHOS PACIENTES

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A poco tiempo de haber sido implementada, esta nueva ley ya ha generado un cambio en la relación médico – paciente. Por lo mismo,  los actores de la salud están atentos a los aspectos éticos, jurídicos y legislativos, así como también en los efectos, alcances e impactos de la norma.

Algunos aspectos que contempla la ley 20. 584 son la información clara y oportuna al paciente respecto a su  enfermedad y contar un trato digno, seguridad y protección al interior de los centros de salud.

Para el Jefe de la Oficina Ministerial de Bioética, Marcelo Muñoz, esto es un gran avance, pues aunque estas normativas suenan como algo básico, hoy no se están cumpliendo.

Sin embargo la ley ya suscita una serie de críticas. El docente de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Chile, Miguel Kottow, afirmó que es muy desordenada, y no especifica las obligaciones que corresponden a cada derecho, generando confusión. Además, se refirió a la forma en la que se enfrenta la autonomía del paciente.

“Maneja muy mal la autonomía. La reconoce por una parte, pero la restringe en forma totalmente arbitraria, por otra. No se especifica el concepto de menor de edad con lo que queda voz y ni voto. Los enfermos llamados terminales pueden decidir abreviar tratamientos, pero no pueden decidir si eso va a llegar a una muerte precoz. Eso es totalmente contradictorio. Entonces, la autonomía que está reconocida y que todos tenemos por derecho propio queda restringida en forma arbitraria”, aseguró el facultativo.

Con esto coincidió el abogado del Colegio Médico, Adelio Misseroni, quien afirmó que este corpus legal no reconoce derecho del enfermo a rechazar tratamientos sin condiciones y que tampoco le concede la debida autonomía al menor maduro, aspectos que debieran revisarse.

Además, indicó que si bien la ley establece el resguardo de la ficha clínica, persisten algunas brechas que le permiten a las instituciones contar con estos datos, pese a la decisión del paciente.

“Si bien no hay normas en esta ley que le permita tener acceso a esa información, existen otros cuerpos que sí le otorgan esa facultad, por lo tanto, respecto de esas entidades, Fonasa e Isapres se mantienen en la misma situación en la que se  encontraban con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley. Fonasa puede acceder y las isapres pueden requerir informes a los médicos tratantes con el objetivo de fiscalizar el otorgamiento de las prestaciones”, comentó.

Misseroni añadió que hay conceptos legales que deben revisarse con sumo cuidado, por ejemplo, el acceso a la totalidad de la información reservada que se les está entregando a los herederos de quien sufre una determinada enfermedad.

Y para poder organizar con claridad todos estos elementos, los especialistas apuntaron a la necesidad de contar con una Comisión Nacional de Bioética, entidad que fue creada hace seis años a través de la ley 20.120, pero que aún no se constituye y que, además, presenta una serie de dudas sobre su orgánica, dependencia y permeabilidad, es decir quién tendrá acceso a ella.

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