La Primera Sala de la Corte Suprema postergó para marzo la ronda de alegatos en el juicio contra Cencosud, holding al que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) acusan de cobros abusivos en la tarjeta Jumbo Más.
La decisión se debió a que los jueces Juan Araya y Juan Eduardo Fuentes decidieron inhabilitarse, aplazando la audiencia convocada para este martes.
Hernán Calderón, presidente de Conadecus, señaló que este tipo de acciones las han denunciado reiteradamente, ya que “si bien las causas de derechos de los consumidores tienen prioridad en los juzgados y hasta en la Corte de Apelaciones, no la tienen en la Corte Suprema. Eso significa un rechazo no menor”.
“Desde el último fallo de la Corte de Apelaciones ha pasado casi un año, entonces estos juicios son eternos. Este debe llevar al menos siete años y justamente la Corte Suprema no le da prioridad. Eso lo hemos pedido como cambio, porque no tenemos ninguna prioridad respecto de las otras causas, se demoran eternamente y de acuerdo al criterio que imponen los jueces”, explicó.
Calderón enfatizó que los consumidores “deberán seguir esperando una resolución” en un juicio que se extiende desde 2006, fecha en la que se presentó la demanda colectiva contra Cencosud, por aumentar de manera unilateral los costos de mantención de su tarjeta Jumbo Más.
Cabe recordar que la Corte de Apelaciones, en un dictamen anterior, había decretado la prescripción de este hecho atentatorio contra la Ley del Consumidor, decisión que para Hernán Calderón se basó en una mala lectura, ya que esta infracción “se reitera mes a mes”.
“La prescripción no opera cuando la infracción es reiterativa, opera cuando se comete una o dos veces y después no más. En este caso se sigue cometiendo hasta el día de hoy. Llevamos siete años en que Cencosud le sigue haciendo un cobro ilegal a estas 400 mil personas, por un alza unilateral, sin consulta ni consentimiento de las personas”, dijo.
Tanto para el Sernac como para Conadecus, la Corte de Apelaciones se refirió sólo a la forma y no al fondo, que es el alza de las comisiones sin el consentimiento de los usuarios.