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Año XVI, 18 de abril de 2024


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Superintendencia formula cargos contra Aguas Andinas por masivo corte de febrero

El organismo fiscalizador abrió un proceso de sanción contra la empresa por la interrupción del 9 y 10 de febrero, que afectó a la generalidad de los usuarios y durante el cual no se cumplió con el protocolo destinado a emergencias.

radio.uchile.cl

  Jueves 28 de febrero 2013 9:34 hrs. 
aguas andinas

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Por afectar a la generalidad de los usuarios del servicio e incumplir las instrucciones de la autoridad, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) formuló cargos a la empresa Aguas Andinas, debido al corte del pasado 9 y 10 de febrero, que afectó a más de un millón de clientes de la región Metropolitana.

La investigación del organismo estableció que la interrupción del suministro era inevitable, considerando los altos niveles de turbiedad que presentaba el recurso utilizado para el suministro de agua potable.

A pesar de que consigna “un mejor desempeño” en la entrega de información a autoridades y clientes”, la SISS señala que “persisten aspectos de reproche en relación a la determinación de los horarios y sectores de los cortes de agua y en relación al reparto de agua como medida de mitigación”.

De este modo, la entidad formula cargos a la empresa por afectar a la generalidad de los usuarios, ya que el corte afectó a 1.108.044 clientes en 26 comunas de la región y a más de cuatro millones de personas, según sus estimaciones-

Asimismo, la SISS consideró que Aguas Andinas no cumplió con las instrucciones establecidas en el protocolo para situaciones de emergencia, principalmente en lo referido a la comunicación oportuna a los clientes y la disposición de medidas de mitigación.

Finalmente, la Superintendencia indicó que, durante el desarrollo del proceso de sanción y luego de los descargos de la compañía, “se evaluará si existen faltas reincidentes que pueden considerarse como agravante”.

El proceso de sanción contempla que, luego de ser notificada, la empresa tiene diez días para presentar sus descargos y las pruebas que estime pertinentes. Más tarde, la resolución que determina las sanciones debe darse a conocer en un plazo que no supere tres meses.

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