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Año XVI, 29 de marzo de 2024


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Corte rechaza recurso de estudiantes UC que se manifestaron en homenaje a Jaime Guzmán

Los ministros del tribunal rechazaron el recurso de protección interpuesto por tres estudiantes de la Universidad Católica, debido a las sanciones recibidas por su participación en la funa al homenaje a Jaime Guzmán. A pesar de que los castigos se ajustan al reglamento de la universidad, el fallo admite que “las alumnas asistentes al acto ejercieron su derecho a la expresión y de reunión”.

Oriana Miranda

  Miércoles 3 de abril 2013 15:46 hrs. 
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por Xaviera González, Constanza Leiva y Angélica Leiva, estudiantes de la Universidad Católica que participaron de la manifestación en contra del homenaje a Jaime Guzmán, realizado el 15 de diciembre de 2011.

En esa oportunidad, cerca de 150 personas se congregaron en el Campus Oriente con pancartas alusivas al movimiento estudiantil y en contra del fallecido senador. Como consecuencia, 29 alumnos de la Universidad Católica fueron sometidos a sumario.

Las tres estudiantes fueron sancionadas con dos semestres de suspensión de actividades académicas, además de la  inhabilidad temporal para realizar ayudantías y la pérdida de prioridad temporal en el proceso de postulación a cursos académicos. Debido a la “arbitrariedad” de la resolución, las alumnas presentaron una medida cautelar, la que fue desestimada de forma unánime por los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada.

“En este escenario, no se aprecian situaciones arbitrarias por el ente estudiantil recurrido, precisamente por haberse ajustado al procedimiento que prescribe el Reglamento de la Universidad y sobre la base de las evidencias recopiladas durante el curso de la investigación. Es dable anotar, en todo caso,  que las alumnas asistentes al acto ejercieron su derecho a la expresión y de reunión; así, lo sancionado responde a situaciones que aparecen ajenas a los Principios que sustenta la sana convivencia en la comunidad universitaria”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que el proceso en su contra no habría sido injusto, debido a que “ha existido una participación legal de quienes aparecen como responsables, pudiendo ejercer sus derechos correspondientes y, sobre todo, ya en el desarrollo fáctico, se trasluce el ejercicio de los derechos que las recurrentes señalan como violentados”.

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