Diario y Radio Universidad Chile

Escritorio

Parlamento aprueba nueva Ley de Donaciones Culturales

Con apoyo casi unánime del Senado y la Cámara de Diputados fueron aprobadas las modificaciones a la llamada "Ley Valdés". Los cambios, calificados como "históricos" por el ministro de Cultura, abren las opciones de donantes y beneficiarios y amplían los plazos de ejecución, entre otras novedades.

radio.uchile.cl

  Jueves 16 de mayo 2013 16:10 hrs. 
foto_0000000520121228171050

Compartir en

31 votos a favor y ninguno en contra en el Senado y 84 de respaldo y solo uno de rechazo en la Cámara de Diputados fueron los resultados con los cuales se aprobó este jueves la reforma a la Ley de Donaciones Culturales.

La modificación, que fue calificada como “histórica” por el ministro de Cultura, Luciano Cruz-Coke, tiene que ver con la apertura a nuevos donantes y beneficiarios, cambios en la fiscalización, mayores plazos para ejecutar los proyectos y la opción de comercializar éstos.

Según Cruz-Coke, la nueva ley “significará un enorme salto para la cultura y el patrimonio en nuestro país, fortaleciendo el rol participativo de la sociedad civil en el desarrollo cultural y abriendo nuevas vías de financiamiento a la cultura, de modo que todo aquel que quiera donar no tendrá ninguna excusa, pero si muchos incentivos para hacerlo”.

De acuerdo a la reforma aprobada en el Congreso, a la nueva ley podrán acogerse no solo empresas que tengan utilidades o contribuyentes del impuesto global complementario, como sucedía hasta ahora. En adelante, también podrán hacerlo compañías que en su ejercicio tributario anual presenten pérdidas, contribuyentes del impuesto único de segunda categoría, contribuyentes del impuesto adicional y contribuyentes del impuesto a la herencia.

Asimismo, también se abre el abanico de beneficiarios, que estaba limitado a corporaciones y fundaciones, organizaciones comunitarias, juntas de vecinos, bibliotecas y museos abiertos al público, el Consejo de Monumentos Nacionales, universidades e institutos profesionales. Ahora, entre los beneficiarios también podrán estar la Dibam y propietarios de inmuebles declarados con valor patrimonial para restaurarlos.

Otra modificación permitirá que se puedan comercializar los proyectos acogidos a donaciones culturales, con la obligación de una “retribución cultural a la comunidad” que, por ejemplo, puede significar una donación de libros para su distribución o la exhibición de películas.

La nueva ley también modifica los plazos de ejecución de los proyectos, que se amplían de dos a tres años. Además, se permite que durante 12 meses previos a ese período, el beneficiario pueda promover su iniciativa ante potenciales donantes, sin que aún corra el plazo de ejecución.

La última reforma incluye a dos representantes de organizaciones culturales, a un Premio Nacional de Artes y a un representante del ministerio de Hacienda en el Comité Calificador de Donaciones Culturales, que ya conformaban el ministro de Cultura, representantes parlamentarios y un integrante de la Confederación de la Producción y el Comercio.

En cuanto a la fiscalización, el comité deberá recibir información sobre el avance de los proyectos y tendrá la facultad para revocar el beneficio y sancionar a los responsables, si es que se detectara mal uso del beneficio otorgado.

Síguenos en