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Caso Farmacias: Justicia determina que el Sernac puede representar a consumidores afectados

La Corte de Apelaciones determinó que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) podrá hacerse parte de la demanda de los consumidores afectados por las infracciones cometidas por Cruz Verde, Fasa y Salco Brand.

Diario Uchile

  Martes 3 de diciembre 2013 11:02 hrs. 
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de apelación presentado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en contra de la resolución del Décimo Juzgado Civil de Santiago, que impedía al organismo hacerse parte en el proceso por infracción a la Ley del Consumidor que se sigue contra las cadenas de farmacias Cruz Verde, Fasa y Salcobrand.

En fallo unánime, los ministros de la Primera Sala del tribunal de alzada y el abogado integrante Ángel Cruchaga acogieron la presentación del Sernac y determinaron que puede asumir la representación de los consumidores en el proceso.

Según la resolución, no existe impedimento para que el Servicio Nacional de Consumidor represente el interés colectivo o difuso de los consumidores en el caso, pese a no haberse hecho parte en el proceso por colusión que tramitó el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

“Que ninguna duda puede existir en cuanto que Sernac es legitimado activo para accionar en defensa del interés colectivo o difuso de los consumidores”, determina el fallo, agregando que “el que no se haya hecho parte en la causa seguida ante el Tribunal de la Libre Competencia carece de toda significación”.

“Tampoco resulta aceptable la argumentación de las demandadas en cuanto a que sólo pudieron demandar quienes resultaron personalmente afectados por las conductas que se sancionaron, puesto que al tratarse de un conjunto indeterminado de consumidores, es indudable que se trata de un caso de interés colectivo”, explica el documento. “Pretender que cada uno de ellos debiera demandar separadamente, impondría tener que asumir una carga que podría tornar ilusorio el derecho y desconocer además la normativa que la propia ley ha establecido para estos casos. Ciertamente, nada impide que sin perjuicio de la acción intentada por Sernac, algún particular pudiera hacerlo individualmente”, añade.

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