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Año XVI, 29 de marzo de 2024


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Sergio Muñoz critica gestión de Michelle Bachelet en fallo por saqueos del 27F

Con el voto en contra del presidente electo de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó un recurso que buscaba indemnizar a un grupo de comerciantes que sufrió saqueos luego del terremoto de febrero de 2010. No obstante, “la autoridad civil tenía el deber de adoptar de manera inmediata el máximo de medidas extraordinarias a fin de superar los efectos de esos hechos excepcionales”, afirmó el ministro Muñoz.

Claudio Medrano

  Jueves 26 de diciembre 2013 18:10 hrs. 
saqueos

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En fallo dividido, la Corte Suprema rechazó un recurso de casación presentado por un grupo de pequeños comerciantes de la ciudad de San Pedro de la Paz que pretendía conseguir una indemnización de perjuicios por la supuesta responsabilidad del Fisco en una serie de destrozos y saqueos a sus locales los días 27 y 28 de febrero de 2010, después del terremoto que sacudió la zona centro-sur del país.

La Sala integrada por los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño y María Eugenia Sandoval; además de los abogados integrantes Emilio Pfeiffer y Alfredo Pietro, descartó una posible infracción por la declaración tardía de estado de excepción constitucional y se determinó que esa facultad es propia del Poder Ejecutivo y ajena al control de la autoridad jurisdiccional.

El único voto disidente fue el del electo presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, quien fue bastante duro con el actuar de la administración de la entonces presidenta Michelle Bachelet.

“La autoridad civil tenía el deber de adoptar de manera inmediata el máximo de medidas extraordinarias, a fin de superar los efectos de esos hechos excepcionales, para lo cual debía hacer uso de sus facultades de dirección y coordinación de los servicios públicos, como, además, ciertamente tener presente la posible comisión de hechos delictuales”, indica el ministro.

El ministro agrega que “no obstante se dictó oportunamente un decreto que señalaba como zona afecta a la región del Biobío, éste contiene una omisión significativa: no se dispuso perentoriamente que las Fuerzas Armadas participaran en las actividades propias de colaboración que le facultaba la Ley N° 16.282″.

Recordemos que esta acción fue presentada por un grupo de 14 comerciantes de San Pedro de la Paz, quienes demandaron al Estado chileno por un millón de dólares, luego que a su juicio, no se garantizará debidamente la seguridad de la población luego del terremoto.

“No hubo una voluntad de proteger lo que estaba quedando parado, porque los saqueos comenzaron inmediatamente. Aquí hay un tema de responsabilidad, porque hay un perjuicio económico que tiene que ser restablecido, porque el daño no fue causado por efectos naturales, el Estado es el que tiene que resguardar el orden público”, indicó, en su momento, Rodrigo Mora, vocero de los afectados.

El abogado representante de los comerciantes de San Pedro de la Paz, Baltazar Morales, se mostró desilusionado por la resolución de la Corte: “Con tristeza he recibido el fallo, hay pesar por el interés que había desde mis representados. Al ser éste el resultado final del juicio, se ha rechazado y la expectativa queda frustrada”.

El jurista agregó que es muy probable que las otras causas relacionadas tengan el mismo destino, ya que “este tipo de conflictos jurídicos va a la Tercera Sala, la misma que falló en este caso. Lo lógico es que prime el precedente judicial, y el resto de las solicitudes tendrá el mismo resultado”.

Este fallo es inapelable y debe ser acatado por los demandantes. La sentencia se suma a otra ya dictada en contra de microempresarios de Coronel con los mismos argumentos.

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