Organismos rechazan uso de Justicia Militar por muerte de civil en patrulla

La muerte de Jorge Aravena Retamales al interior de un furgón de Carabineros mantiene los cuestionamientos respecto del rol de la Justicia Militar en situaciones que involucran a civiles. Diversas organizaciones critican su excesiva jurisdicción, e incluso apuntan a una necesaria reforma del código de Justicia Militar para ajustarlo a los estándares internacionales, tal como se plantea desde el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

La muerte de Jorge Aravena Retamales al interior de un furgón de Carabineros mantiene los cuestionamientos respecto del rol de la Justicia Militar en situaciones que involucran a civiles. Diversas organizaciones critican su excesiva jurisdicción, e incluso apuntan a una necesaria reforma del código de Justicia Militar para ajustarlo a los estándares internacionales, tal como se plantea desde el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

El pasado 17 de febrero Jorge Aravena Retamales de 44 años murió dentro de un furgón de Carabineros en Rancagua. La víctima estuvo encerrada en el vehículo alrededor de siete horas, y la investigación pasó a Fiscalía Militar.

Seis carabineros fueron dados de baja. Posteriormente, el abogado de la familia de Aravena, Cristián Cruz, solicitó la designación de un ministro en visita. Sin embargo, este martes la Corte Marcial sólo accedió a mantener detenidos a tres de los involucrados, además de rechazar la designación de un ministro en visita.

A partir de este caso, surgen cuestionamientos hacia la participación de la Justicia Militar, así como al cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por Chile en esta materia.

Desde la Comisión Ética Contra la Tortura, uno de sus representantes, Manuel Andrade, plantea que la confianza en las instituciones sólo puede darse si la justicia ordinaria es la que se hace cargo de todos los casos que involucren a civiles, incluso en situaciones que participen uniformados.

Para eso, agrega, se requiere de una voluntad política para avanzar hacia una visión que se ajuste a los estándares internacionales y con un compromiso real en beneficio de la dignidad humana.

“La Justicia Militar debiera entregar este tipo de casos, incidentes o procedimientos que terminan con la muerte de una persona, a la justicia civil. Creemos que en una democracia que respeta los Derechos Humanos es la justicia civil la que debiera hacerse cargo y debiera juzgar de acuerdo al derecho”, manifiesta Andrade.

Además, según él, “tiene que existir una voluntad política, pues detrás de esto hay una intención del Estado chileno y de los operadores políticos por blindar a las Fuerzas Armadas”.

Cabe destacar que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó una denuncia ante la justicia civil para que se inicie una investigación por la muerte de Jorge Aravena Retamales. Por su parte, la Fiscalía Militar continúa con lo que considera un cuasi delito de homicidio, a pesar de que los familiares aseguran que se trataría a lo menos de un homicidio simple.

Cumplir los compromisos y las recomendaciones

A partir del caso del fallecido Jorge Aravena Retamales, en conversación con Radio Universidad de Chile el Representante para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh), Amerigo Incalcaterra, hace un llamado a las autoridades nacionales a que estos casos se tramiten de acuerdo a la legislación ordinaria y no por la jurisdicción militar.

Además, considera necesario revisar los procedimientos policiales para adecuarlos a los estándares internacionales, tanto en el uso de la fuerza como respecto del derecho de toda persona detenida a ser llevada inmediatamente ante la autoridad judicial competente.

¿Qué compromisos internacionales ha asumido Chile en materia de Derechos Humanos?
Chile es un país signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y al haber ratificado ese tratado se compromete a realizar ciertos ajustes en su legislación, cosa que viene recomendando el Comité de Derechos Humanos, que es el órgano pertinente de revisar cómo un país aplica y cumple con las disposiciones del Pacto de Derechos Civiles y Políticos.

¿Existen aspectos pendientes respecto de esos compromisos?
En varias ocasiones se le ha reiterado a Chile la importancia de adecuar su legislación, especialmente en materia del Código de Justicia Militar, para que la figura sea estrictamente relacionada con militares en el ejercicio de sus funciones y no se investiguen casos donde alguna de las víctimas o participantes sean civiles. Por lo tanto, lo que se le está pidiendo a Chile es que acote el ámbito jurisdiccional del Código de Justicia Militar. Lamentablemente es una recomendación recurrente.

¿Cómo evalúa lo ocurrido con la muerte de Jorge Aravena Retamales dentro de un vehículo policial?
En los casos donde se investigan situaciones en las cuales han participado uniformados en relación con situaciones vinculadas a civiles sigue siendo la Justicia penal militar la que tiene la jurisdicción. Sobre el reciente y lamentable caso del fallecimiento del señor Aravena Retamales en un furgón de Carabineros, lo que la comunidad internacional espera es que sea la Justicia ordinaria o civil la que se encargue de investigar los hechos, aclarar las situaciones y garantizar el debido proceso a los responsables o imputados”.

¿Podemos deducir que en este ámbito la imagen del país genera reparos en el exterior?
Hay que recordar que Chile pasó por el Examen Periódico Universal (EPU) a inicios de febrero y la comunidad internacional le recordó nuevamente la necesidad de modificar el Código de Justicia Militar. Entendemos que hubo una reforma en 2010, pero evidentemente no fue suficiente para adecuarlo, por lo que la imagen de Chile se pone en entredicho.

¿Qué camino deberían seguir las autoridades chilenas respecto de las recomendaciones internacionales?
El propio Comité de Derechos Humanos en su última revisión a Chile le señaló que no modificar el Código de Justicia Militar en los términos del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos es un hecho contrario al propio Pacto, por lo que Chile estaría incurriendo en un incumplimiento.





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