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Cancillería distribuye documento en embajadas para definir postura ante demanda de Bolivia

Ministro Heraldo Muñoz explicó que el texto, titulado "Chile y el acceso al mar de Bolivia. Mito y realidad", se centra en tres aspectos esenciales: que Bolivia tiene acceso al mar desde 1904 en virtud de un tratado, que ese tratado estableció las fronteras actuales y que Bolivia busca con la actual demanda ante la Corte desconocer el acuerdo.

Diario Uchile

  Miércoles 25 de junio 2014 1:42 hrs. 
Heraldo Muñoz

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El ministerio de Relaciones Exteriores presentó este martes un documento público que pretende mostrar su postura ante la demanda interpuesta por Bolivia en la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

“Chile y el acceso al mar de Bolivia. Mito y realidad” es el título del escrito, de no más de 25 páginas, con el que la Cancillería pretende explicar su visión del conflicto ante la comunidad internacional, para lo cual fue escrito en tres idiomas, castellano, inglés y francés, y será distribuido en las embajadas chilenas en el exterior, así como entre los representantes ante los organismos internacionales.

Según declaró el canciller Heraldo Muñoz, el folleto destaca tres aspectos: que Bolivia tiene acceso al mar desde 1904 en virtud de un tratado, que ese tratado estableció las fronteras actuales y que Bolivia busca con la actual demanda ante la Corte desconocer el acuerdo.

Además adelantó que “vamos a pedir a los parlamentarios que puedan ir en misiones a determinados países o reuniones. Vamos a aprovechar que algunos de ellos tienen agendas de viajes para que también puedan en esas reuniones -y ya se ha hecho- presentar la posición chilena en países donde creemos que es relevante”.

Cabe recordar que el gobierno de Bolivia presentó el 15 de abril ante dicho tribunal los alegatos de su demanda para obligar a Chile a negociar una salida soberana al mar, como consecuencia de haber perdido su costa frente al océano Pacífico a fines del siglo XIX.

Chile tiene la opción de presentar sus contraargumentos ante la demanda o la impugnación de la competencia de la Corte antes del 15 de julio, o en una última instancia el 18 de febrero de 2015, cuando vence el plazo para elevar la contramemoria.

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