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Año XVI, 18 de abril de 2024


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Califican como “pirotecnia” sancionar con cárcel el lucro en la educación

Pese a que la Nueva Mayoría daba señales en la dirección contraria, el ministerio de Educación estaría cediendo ante la presión de los diputados oficialistas que integran la comisión de Educación de la Cámara para la idea de penar el lucro con cárcel. Sin embargo, esta señal que se considera positiva, podría ser invalidada de no regularse bien, en el marco de la reforma, los mecanismos que permiten el lucro de manera “encubierta”.

Héctor Areyuna

  Miércoles 24 de septiembre 2014 18:25 hrs. 
lucro en educacion

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Este martes el ministro Nicolás Eyzaguirre dijo que el lucro se constituirá como una figura similar a lo que actualmente es la malversación. Es decir, como un delito inicialmente administrativo, que según el mérito de las pruebas podría llegar al Ministerio Público y, eventualmente, a un juzgado.

De todas formas, aseguró que en la reforma, y particularmente en la discusión que elimina el lucro y también la selección y el copago, no se innova “en lo que son las normas transversales y generales” para trasgresiones administrativas y económicas.

Sin embargo, la indicación que establece sanciones de 541 días a cinco años de cárcel en caso de que se compruebe una vulneración de la ley es un cambio de paradigma al que apuntan varios diputados de la Nueva Mayoría, quienes presionaron para que el Ejecutivo apoyara.

Para el vicepresidente de la FECH, Sebastián Aylwin, es positivo avanzar en medidas como esta. Sin embargo, llamó a no cegarse con esta “pirotecnia”, cuando mediante mecanismos como el arrendamiento de establecimientos o una remuneración desregulada para los sostenedores, se permita un lucro encubierto.

El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Jorge Ferdman, cuestionó la justificación de la disposición ingresada en términos valóricos y materiales, ya que indicó que no se puede castigar cualquier conducta por el riesgo de trivializarla. Igualmente, dijo que ya está tipificada la malversación de fondos públicos, que podría aplicar.

“Si son usos o desviaciones de fondos que son públicos no sería necesario establecer en principio ninguna nueva legislación, porque la responsabilidad ya está consagrada a nivel punitivo. Me parece que plantearlo en los términos que se está planteando en la discusión pasa por alto una serie de consideraciones que son bastante sensibles y muy preciadas en el ámbito punitivo”, dijo el experto.

El diputado Mario Venegas, por su parte, dijo que el lucro debe sancionarse como cualquier otra conducta ilícita.

“Me llama la atención, si la ley establece que no puede haber lucro, si usted lucra entonces está incumpliendo la ley, y en este país todo aquel que no cumpla la ley tiene sanciones”, dijo Venegas.

La disposición, que impulsan los diputados Camila Vallejo, Giorgio Jackson, Fidel Espinoza y Yasna Provoste, entre otros, obliga la restitución de dineros que sean retirados como utilidades.

Se podrán aplicar multas sobre el 50% del monto y en el caso que se niegue se abrirá una investigación para determinar el dolo o la intención deliberada de lucrar.

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