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Fallo de Ministro Carroza abriría posibilidades de investigación

Este viernes, el juez Mario Carroza firmó la condena por los delitos de tortura contra el general Alberto Bachelet, padre de la Presidenta de la República, a dos oficiales en retiro de la Fuerza Aérea (FACh); Ramón Cáceres y Edgar Ceballos. La sentencia no dejó conforme a la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, mientras que su abogado querellante afirmó que siguen existiendo antecedentes en este caso y apuntó a esclarecer la participación del general Fernando Matthei en los hechos.

Paula Correa

  Viernes 21 de noviembre 2014 20:48 hrs. 
alberto bachelet

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Se trata de los coroneles en retiro de la FACh, Ramón Cáceres, a quien se le dio una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y Edgar Ceballos, cuya pena corresponde a dos años y un día de presidio menor en su grado medio, quienes cumplirán su pena en prisión efectiva, dado que ya habían sido procesados por delitos de lesa humanidad.

El ministro Carroza se basó en el informe entregado por el Servicio Médico Legal (SML), el cual determinó que el General Bachelet falleció a causa de apremios ilegítimos sufridos durante su detención por ser acusado de “traición a la patria” luego del golpe militar de 1973. Vale señalar que la figura de “apremios ilegítimos” se refiere a tortura en este caso, la que no está tipificada en nuestro código penal.

El General Bachelet murió a los 50 años en la Cárcel Pública después de una jornada de interrogatorios a cargo de sus ex camaradas de armas, a causa de un paro cardíaco respiratorio el 12 de marzo de 1974, generado “producto de la mala condición física y psicológica que había quedado”, indicó Carroza en el fallo.

En ese contexto Alicia Lira, Presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, se refirió a los sinsabores de la sentencia, y criticó que se aplicara la media prescripción, con lo que se redujo considerablemente las condenas.

“Estoy contenta de que una querella que presentó nuestra Agrupación tenga frutos, pero el fallo no nos deja muy tranquilos, porque hay que recordar que la tortura en los tratados y acuerdos internacionales es un crimen de lesa humanidad, y que Alberto Bachelet Martínez murió a causa de la tortura que se le aplicó. Cuando lo tuvieron prisioneros. Por lo tanto, esos tres años para nosotros no son Justicia”, afirmó.

En la sentencia de Carroza, el Director de la Academia de Guerra Aérea (AGA) en 1973, Fernando Matthei, fue sobreseído de forma parcial después de haber prestado su declaración el año 2012. Ante esto, el abogado querellante de Agrupación, David Osorio, insistió en la supuesta participación en la muerte del General Bachelet.

“Teníamos una declaración de ex uniformados, militares democráticos, que fueron sometidos a tortura, que reconocieron la participación de Matthei como director. Fue visto en los subterráneos de la Academia, y en función de eso fue que hace más de un año solicitamos que se concretara el procesamiento de él. El Ministro no dio lugar, apelamos, la Corte confirmó el fallo, peor creemos que a la luz de estas nuevas condenas, algo nos tendrá que decir el General Matthei sobre por qué llama a un personaje que termina siendo el autor de los apremios por los que al final muere el General Bachelet”, sostuvo.

El abogado habla de Ramón Cáceres, quien fue convocado por Fernando Matthei, padre de la ex candidata a la presidencia de la República por la Unión Demócrata Independiente, Evelyn Matthei. En ese sentido, afirmó que continúan las posibilidades de investigación en una causa que inició hace ya casi seis años.

Por su parte, Ángela Jeria viuda de Bachelet y madre de la Presidenta, afirmó que siente “mucha tranquilidad” porque lo que les interesaba era que se supiera la verdad. Respecto a la participación del General Matthei afirmó que “no le correspondía haber estado en este juicio, porque él no estaba en Chile ni había asumido como Director de la Academia”, y añadió: “Por otras causas yo no tengo nada que decir”.

La Presidenta de la República y su madre forman parte de la causa desde septiembre de 2011 cuando se querellaron, representadas por el abogado Isidro Solis y sin pedir procesamientos. El abogado, valoró la sentencia y afirmó que en principio, el criterio del juez les parece correcto y añadió que “para la familia Bachelet más allá del castigo que se imponga, lo importante del proceso es que contribuye a establecer la verdad de lo que sucedió en Chile”.

Pese a que el abogado Solís no apelará a la sentencia, si lo hará el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, entidad que afirmó que “no puede sino impugnar en estrados esta sentencia, dado que la legislación penal internacional, así como los Tratados y Convenciones firmados y ratificados por el Estado de Chile, son coincidentes en sostener que los ilícitos de lesa humanidad no pueden ser objeto de prescripción por el paso del tiempo, por lo que tampoco cabe invocar la llamada “media prescripción”.

Además, desde el programa añadieron que la sentencia no considera una agravante: La aplicación de tormentos fue consumada en carácter de “reiterado” por ambos sentenciados, según lo establecido en el mismo dictamen del Ministro Mario Carroza, por lo que la pena debiese haber aumentado uno, dos o tres gados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal.

Con todo y como señalaron todas las partes, la sentencia viene a demostrar que el tema de los Derechos Humanos en Chile no está agotado y que hay muchas causas judiciales en las que avanzar, así como otros casos que aún ni siquiera han llegado a la Justicia.

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