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Año XVI, 23 de abril de 2024


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Sociedad Nacional de Agricultura busca frenar reforma al Código de Aguas y acusa inconstitucionalidad

En el marco de la tramitación en la Cámara Baja del proyecto ingresado por el Ejecutivo que busca modificar el Código de Aguas, la Sociedad Nacional de Agricultura advirtió que dicha reforma contiene cambios inconstitucionales que amenazan el derecho de propiedad. El diputado socialista, presidente de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, Luis Lemus, defendió que la Reforma da el necesario poder de control al Estado sobre algunas materias de aguas.

Tania González

  Sábado 13 de diciembre 2014 18:20 hrs. 
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La Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) expuso ante la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara de Diputados y aseguró  que algunas modificaciones legales planteadas en la Reforma al Código de Aguas caen en una inconstitucionalidad.

El presidente de la SNA, Patricio Crespo, manifestó que las “nuevas concesiones se verán enfrentadas a amplias limitaciones” porque “podrán ser caducadas a los 4 años si éstas no se han usado o a los 12 años si no están siendo bien utilizados”. Según Crespo, esto es grave porque el Artículo Primero Transitorio pretende extender dicha limitación a los derechos ya otorgados. Esto, aseguró, infringe lo que establece la Constitución sobre que los derechos concedidos son inmutables.

Patricio Crespo

Patricio Crespo

El diputado socialista presidente de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, Luis Lemus, manifestó que si la SNA pretende resguardar la propiedad por sobre el derecho, la Reforma al Código de Aguas lo que hace es restringir solamente en algunos casos para el agua potable, para garantizar situaciones en la cuenca de carácter ambiental y poder actuar en zonas de sequía con la libertad que tiene que hacerlo un organismo público.

Luis Lemus

Luis Lemus

“El agua es un bien nacional de uso público, lo dice el Código, por lo tanto si su derecho de aprovechamiento es una especie de propiedad, no es menos cierto que si el Estado es el dueño del agua, el mismo la puede limitar. Ese principio constitucional lo tenemos bastante claro” indicó el legislador.

Lemus añadió que ningún Código de Aguas en el mundo por libre que sea en su mercado, se asemeja al Código que tiene Chile donde el Estado no puede restringir ni operar ni siquiera en situaciones de excepción.

El ex director General de Aguas, Rodrigo Weisner, recordó que en la anterior discusión de la Reforma al Código de Aguas en el año 2005, se llegó a la conclusión que no se podían alterar derechos ya constituidos por reformas legales sin cambios a la Constitución.

El ex director general de Aguas precisó que en el año 1992 cuando el presidente Patricio Aylwin envió el proyecto de Reforma al Código de Aguas que establecía la caducidad por el no uso, el gobierno del presidente Frei tuvo que retirar ese proyecto e incorporó el concepto de la “patente por no uso”, porque la caducidad en ese tiempo “todos la consideraron inconstitucional”.

 

 

 

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