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Año XVI, 18 de abril de 2024


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El complejo escenario que enfrentan los imputados por el Caso Penta

Los ex controladores de Penta, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, arriesgan penas de crimen, por lo que no podrían obtener beneficios. Pese a que el Ministerio Público solo había pedido arresto domiciliario, los ex gerentes Hugo Bravo y Marcos Castro también cumplirán prisión preventiva.

Diario Uchile

  Sábado 7 de marzo 2015 11:20 hrs. 
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Los ex controladores del grupo Penta, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, quedaron en prisión preventiva, según determinó el juez Juan Manuel Escobar en la cuarta audiencia de formalización por el caso, realizada este sábado en el 8° Juzgado de Garantía de Santiago.

El magistrado dictó la misma medida para el ex subsecretario de Minería, Pablo Wagner, acusado de cohecho y lavado de activos; los ex gerentes de Penta, Hugo Bravo y Marcos Castro, imputados por delitos tributarios, soborno y lavado de activos; y el ex fiscalizador del Servicio de Impuestos Internos (SII), Iván Álvarez, a quien se acusa de delitos tributarios, cohecho y lavado de activos. Este último ya se encontraba en prisión preventiva por el caso de fraude al FUT.

De este modo, todos fueron trasladados al anexo cárcel Capitán Yaber.

Asimismo, el tribunal determinó que el ex senador UDI y asesor de Penta, Carlos Bombal, acusado de delitos tributarios, quedó con firma semanal y arraigo nacional, igual medida que deberá cumplir el representante legal de la inmobiliaria Los Estancieros, Samuel Irarrázaval, imputado por el mismo delito.

En el caso del gerente corporativo de Empresas Penta, Manuel Antonio Tocornal, a quien se le acusa de delitos tributarios, tendrá que cumplir arresto domiciliario y arraigo.

Por otra parte, el juez rechazó la prisión preventiva para el funcionario del SII Juan Martínez, imputado por cohecho, decretó arresto domiciliario nocturno.

El tribunal determinó además que la investigación tendrá un plazo de 120 días.

“Podrían ser sancionados a penas de crímenes”

Respecto de Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, el juez Juan Manuel Escobar sostuvo que señaló que “se ha justificado la existencia de tres delitos de soborno o sobornos reiterados y de cinco delitos tributarios, todos ellos en carácter de reiterados”.

Asimismo, el magistrado explicó que, pese a que el delito tributario tiene una sanción de presidio menor, al ser cinco y reiterados “debe imponerse la pena correspondiente a los diversos delitos estimados como uno solo, pero aumentándolo en uno o dos grados. De esta manera, podría aplicarse penas de presidio mayor, en su grado mínimo a medio. Esto es, penas de cinco años y un día hasta 15 años, en el peor escenario”.

“El aumento en uno o dos grados se refiere a la cantidad de delitos reiterados, puesto que no es igual un delito reiterado que cinco delitos, como los que han sido formalizados. Así las cosas, se cumpliría el requisito de ser delitos graves”, afirmó.

Por la misma razón, el delito de soborno también podría aumentarse en uno o dos grados. De este modo, Délano y Lavín arriesgan penas entre 541 días y cinco años. “Agregando esta pena a la anterior, podrían ser sancionados a penas de crímenes y no podrían ser merecedores de penas sustitutivas (…) debiendo cumplir la pena en forma efectiva”, señaló el juez.

En cuanto al ex subsecretario Pablo Wagner, el juez dijo que está imputado por “casi toda la variedad” de delitos tributarios, además en carácter de reiterados.

Tal como ocurre con Délano y Lavín, esto podría significar un aumento de uno o dos grados. “También se le ha imputado el delito de cohecho en carácter de reiterado y delito de lavado de activos. Así las cosas, su libertad resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, fundada en la gravedad de la pena asignada a los delitos, número de delitos imputados, carácter de los delitos y haber actuado en grupo”.

“La pena posible a aplicar sería de crimen, pena en abstracto, por lo cual no podría obtener beneficio”, añadió.

Prisión preventiva para ex gerentes

Respecto de los ex gerentes de Penta, Hugo Bravo y Marcos Castro, el juez Juan Manuel Escobar desestimó la petición de la Fiscalía para que se les aplicara solo arresto domiciliario, debido a su colaboración con la causa.

“Los acuerdos a los que pueda llegar el Ministerio Público con las defensas para no aplicar la prisión preventiva no son aplicables al tribunal”, replicó el magistrado, quien enfatizó que esta etapa del proceso no contempla la alternativa de la delación compensada.

De este modo, ambos fueron considerados como un peligro para la sociedad y deberán cumplir prisión preventiva, medida cautelar que había solicitado el Consejo de Defensa del Estado.

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