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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Tribunal Ambiental deja sin efecto evaluación de proyecto “Rancagua Express”

La empresa sostuvo que el tribunal no es competente, mientras la directora de la Clínica Ambiental de la Universidad de Chile, María Nora González, señaló que no es momento para ponerla en duda al organismo.

Tania González

  Miércoles 9 de marzo 2016 19:38 hrs. 
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La Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE), que pretendía a través de un proyecto mejorar la infraestructura ferroviaria que une el tramo de Santiago a Rancagua, debió presentar recursos ante el Tribunal Ambiental de Santiago para revertir el dictamen que revocó su permiso ambiental.

El abogado de la empresa, Juan Pablo Lorenzini, sostuvo que el organismo no es competente, sin embargo, explicó que si la firma quiere poner en marcha su proyecto durante este año, deberá presentar nuevos antecedentes.

La Clínica Ambiental de la Universidad de Chile fue la representante jurídica de vecinos de escasos recursos de las comunas de Lo Espejo, El Bosque y San Bernardo que se veían perjudicadas por la iniciativa.

En entrevista exclusiva con Radio Universidad de Chile, la directora de la entidad, María Nora González, sostuvo que las observaciones ciudadanas no fueron debidamente consideradas en la evaluación ambiental, ya que había dudas sobre la conectividad de los vecinos que están a los distintos lados de la vía ferroviaria. “Se presentaron impactos que tienen que ver con la seguridad, dado que el proyecto no presentó en la evaluación los detalles de la propuesta sobre los pasos peatonales que iban a conectar uno y otro lado de la población”, dijo.

La abogada añadió que al tratarse de un megaproyecto, los pobladores alegaban que debió ingresar como Estudio de Impacto Ambiental, no solo como declaración.“Precisar y profundizar de manera detallada qué se entiende por consideración de vida, cuál es el tipo de información que debe aportar un titular de proyecto y con la cual debe contar la autoridad ambiental para hacerse cargo de manera fundada en la Resolución de Calificación Ambiental de cada una de las observaciones ciudadanas. Estas observaciones deben ser consideradas a lo largo del proceso de evaluación del proyecto”, subrayó.

Respecto de la reciente presentación de tres recursos por parte de EFE, la directora de la Clínica Ambiental comentó que la competencia del Tribunal no puede ponerse en duda actualmente.“Tenía plena competencia de acuerdo al artículo 17 de la ley que creó el Tribunal Ambiental número 6 para conocer esta reclamación en particular y por lo tanto, nosotros entendemos que el fallo se ajusta a derecho y lo defenderemos en su oportunidad en las instancias que correspondan”, señaló.

La abogada concluyó que el rol de la Clínica Ambiental fue relevante para que las comunidades que se sentían vulneradas, pudieran acceder a asesoría de alta calidad, la que no podían financiar con sus propios recursos.

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