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Tortura en democracia y dictadura


Miércoles 15 de junio 2016 16:42 hrs.


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La Convención contra la Tortura, promulgada en 1984 por la ONU, entrada en vigor en 1987 y ratificada por Chile en 1988, establece que los Estados deben velar por que los actos de tortura constituyan delitos, incluida la complicidad, de acuerdo a su legislación penal. Igualmente, deben asegurarse de tomar las medidas necesarias para impedirla, en todo territorio que se halle bajo su jurisdicción.

La tortura, entendida como el castigo físico o mental intencionado infligido por alguien en ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento, con el fin de obtener una confesión o solamente de coaccionar e intimidar, siempre ha tenido un lugar en las sociedades humanas. Ha sido aceptada y avalada por los poderes fácticos en distintas épocas; desde las Ordalías o Juicios de Dios, hasta la famosa Doctrina de Seguridad Nacional, con su sede de aberrante instrucción militar en la Escuela de las Américas.

Como un recurso característico del ejercicio de la fuerza del Estado, la tortura permanece omnipresente en las policías del mundo. Chile no escapa a esta realidad; prueba de ello son los reiterados casos de violencia policial en las manifestaciones ciudadanas. En efecto, en las últimas recomendaciones del Comité contra la Tortura, hace ya más de 6 años, se llamó la atención al Estado chileno por el abuso de poder de las fuerzas policiales. En esta misma instancia, se le exhortó a derogar la ley mediante la cual se establecen los 50 años de silencio y a modificar la legislación nacional respecto de la tortura, eliminando toda posibilidad de prescripción de la pena, entre otras medidas.

En abril pasado, una delegación del Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) de Naciones Unidas visitó Chile y se reunió con la directora del INDH, Lorena Fríes. En este encuentro, los representantes de Naciones Unidas manifestaron su preocupación por el actual proyecto de ley que tipifica el delito de tortura, que se encuentra en trámite constitucional. Otra inquietud respecto de nuestra situación actual en cuanto a la prevención de la tortura radica en las degradantes condiciones carcelarias de los presos en Chile y en las insuficiencias que presenta Gendarmería en el ejercicio de sus funciones.

Entendiendo que la tortura en democracia constituye una realidad ineludible, es imprescindible que se apruebe y entre en vigencia el proyecto de ley que modifica la tipificación del delito de tortura, elevando su penalidad y estableciendo su imprescriptibilidad. De esta forma, Chile se aproximaría a cumplir con los deberes contraídos en el marco de los tratados internacionales de derechos humanos y con las recomendaciones realizadas por organismos nacionales, como el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, en el Informe anual sobre derechos humanos 2015.

El ejercicio sistemático de la tortura por agentes del Estado en Dictadura no es una experiencia enterrada en el pasado. Por el contrario, nos plantea una serie de interrogantes que conciernen al presente y al futuro de nuestra humanidad: ¿cuáles son los efectos sicológicos de la tortura, en víctimas y victimarios?, ¿cómo evitar que esta práctica regular e institucionalizada vuelva a ocurrir?, ¿ha existido, acaso, un cambio educacional dentro de la institución militar, con miras a repudiar la tortura e impugnar su pasado accionar?

Hoy recordamos y elogiamos la labor realizada por médicos de diferentes especialidades que trabajaron abnegadamente atendiendo a las víctimas de tortura de la Dictadura y a su entorno familiar y social, arriesgando sus vidas por cumplir con una ética profesional intachable. En este ámbito, destacamos la creación del programa de Detección, Investigación y Tratamiento de la tortura (DITT), iniciativa desarrollada por el Codepu en la década de los ochenta. Asimismo, subrayamos el trabajo realizado por el Centro de Salud Mental y Derechos Humanos (Cintras).

La complejidad de la mente humana es sorprendente y, muchas veces, abrumadora. Cuesta entender cómo es que opera este ejercicio del mal normalizado, cuando no hay que parecer un monstruo para ejercer, avalar y consentir la tortura. Esta es la práctica, en palabras de Hannah Arendt del mal radical: aniquilar al ser humano sin matarlo, socavando su singularidad. Primero, eliminar a la persona jurídica mediante la detención clandestina. Luego, arrasar con la persona moral, despojándola de su dignidad. Aniquilar la espontaneidad, la fuerza vital, hasta conseguir muertos en vida. Ejercer el mal sin llegar a tener conciencia de ello. Sin embargo, la solidaridad humana nunca ha podido ser erradicada, y en las circunstancias más adversas emerge con fuerza. Quizá allí se emplaza el último refugio de la esperanza en la humanidad.