La presentación de la Fiscalía Nacional Económica señala “que el cartel (de los laboratorios) se extendió entre 1999 y el primer semestre de 2013, periodo en el que la Central Nacional de Abastecimiento, CENABAST requirió más de un millar de veces los medicamentos comprendidos en la colusión”.
La investigación se inició en 2012 considerando las denuncias de la Contraloría General de la República y del Ministerio de Salud. La Fiscalía acusó a las empresas de formar y mantener este cartel, por más de una década, para afectar licitaciones convocadas por CENABAST que buscaban adquirir ampollas.
Nicolás Rojas, abogado de la Universidad de Chile, advirtió que estas acciones han tenido éxito en el Tribunal porque “es muy difícil para la empresa, que no se acogió a la delación, tratar de rebatir la prueba respecto de la existencia de un cartel.
“El requerimiento se ve bien fundado. Tiene, en su mérito, que se funda en dos de las medidas intrusivas que se le habilitaron a la Fiscalía en 2009 luego de la reforma legal que respondió al Caso Farmacias. Se dieron las dos figuras, primero el allanamiento donde lo más probable obtuvo buena información y que llevó, posteriormente, a que uno de los laboratorios se acogiera a la delación compensada”, afirmó.
La Fiscalía solicitó una multa que equivale a un total de casi 17 millones de dólares, pero no se suma a Biosano, por haber accedido al beneficio de delación.
Según el académico, las condiciones del mercado eran bastante favorables para que existiera un cartel. “Si bien existe una licitación para la adquisición de medicamentos que se supone es un proceso para forzar la competencia entre los oferentes, el requerimiento describe que el mercado era de dos actores. Los otros no tenían posibilidades porque carecían de una planta en Chile para producir las ampollas”, comentó Nicolás Rojas.
Desde la Central Nacional de Abastecimiento se informó que estaban evaluando las condiciones de licitación que originaron estos contratos. Esto, ante la posibilidad de poner término anticipado o evitar su participación en nuevas licitaciones.
Ante este último punto, el abogado con experiencia en temas de libre competencia agregó que esta decisión depende de lo que digan las Bases.
Sin embargo, aclaró que este caso es particular por la extensión de tiempo y que hasta hoy, los contratos estén vigentes.
“Adicionalmente, bajo las reglas del derecho civil, estos contratos si fueron obtenidos por dolo podrían ser objeto de una acción de nulidad. Pero son juicios bastante largos y en derecho chileno no se han visto al ser carteles con condenas. No hay ningún caso que tenga características análogas a éste”, destacó.
Además, la Unidad de Alta Complejidad de la Fiscalía Oriente decidió abrir una investigación por oficio ante el delito de estafa y los eventuales perjuicios que habría sufrido el Estado.
En este camino se enfrentaría con el criterio que ha defendido la Fiscalía Nacional Económica por la reserva de los antecedentes, como en el caso del papel. ¿Por qué? Rojas explicó que “si una empresa, que hace delación compensada, observa que sus antecedentes terminan en manos del Ministerio Público o a disposición de cualquier persona, se evalúa que el costo puede ser mayor que la multa final. Eso influye negativamente respecto de los incentivos para la delación compensada”.
“La Fiscalía Nacional Económica es bastante recelosa de cómo llevar adelante esto porque el sistema ha sido exitoso, pero en estos años no tenemos una avalancha de casos”, comentó. En definitiva, el abogado concluyó que hay un consenso que los carteles son perjudiciales para los consumidores.