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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Acusan a sala de Corte de Apelaciones por rebajas de condena a violadores de DDHH

La cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago determinó disminuir de ocho a tres años la pena dictada al ex agente de la DINA, Miguel Krassnoff, por el caso de Germán Moreno. Familiares del ex mirista y representantes del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior interpondrán un recurso de casación contra la medida.

Tania González

  Sábado 8 de octubre 2016 12:40 hrs. 
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El jueves 13 de octubre es la fecha límite que se han impuesto los familiares del desaparecido dirigente gremial y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), German Moreno Fuenzalida, para interponer una reclamación en la Corte Suprema. El recurso tiene por objetivo que el órgano revise el fallo de la Corte de Apelaciones que redujo a tres años y un día de presidio, con beneficio de libertad vigilada, la pena del autor del ex agente de la DINA, Miguel Krassnoff Martchenko.

La justicia acreditó que en julio de 1974  represores de la Dirección de Inteligencia Nacional detuvieron a Moreno y lo llevaron a Londres 38, donde lo mantuvieron privado de libertad: “Fue interrogado y apremiado físicamente mediante torturas, ignorándose desde entonces su paradero, así como la suerte que ha corrido en su salud física, psíquica e integridad personal, hasta el día de hoy”.

No obstante, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago presidida por el Ministro Juan Cristóbal Mera, disminuyó la pena de ocho años que se le dictó en primera instancia a Krassnoff, a tres años de presidio. Además, se redujo de 80 a 50 millones de pesos la indemnización civil que debe pagar el fisco a la hermana de la víctima.

La abogada de los familiares de Moreno Fuenzalida, Magdalena Garcés, sostuvo que este fallo es una forma de liberación de responsabilidades cuando a su juicio, la condena original era ya considerada baja conforme a la magnitud del delito que se le imputa a Krassnoff.

“La Cuarta Sala decidió aplicar al condenado Krassnoff una atenuante denominada media prescripción. En definitiva se parte de la base de decir que ya ha pasado más de la mitad del tiempo necesario para la aplicación de la prescripción y esto es completamente absurdo, por cuanto se trata de un delito de secuestro calificado que tiene naturaleza permanente porque mientras no se establezca la muerte de la víctima o su liberación, no termina. Por lo tanto, es imposible que se aplique un tiempo de prescripción gradual”, afirmó.

La defensora añadió que este fallo resulta también aberrante al tratarse de un sujeto que se caracterizó por dirigir personalmente las detenciones, torturas y desapariciones de personas que integraban el MIR durante los años que fue oficial operativo de la DINA.

Por su parte, la abogada del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Paulina Zamorano, criticó que se vuelvan sistemáticas este tipo de determinaciones de la Cuarta Sala del tribunal de alzada de la capital.

“Afortunadamente la Corte Suprema ya tiene una jurisprudencia abundante y sistemática en este sentido de rechazar este tipo de concesiones, como es el transcurso del tiempo para rebajar las penas. Esperamos que a través de la interposición de un recurso de casación se pueda revertir la sentencia que dictó la Corte de Apelaciones e insistimos en que ese tipo de condena es una especie de impunidad”, declaró la abogada.

Las partes demandantes exigirán que se reestablezca la sentencia de ocho años de presidio para Krassnoff que dictó el ministro en visita Miguel Vásquez Plaza.

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