La Corte de Apelaciones decretó este lunes 12 de diciembre, el sobreseimiento definitivo de causa iniciada por denuncia presentada por el defensor regional, Fernando Acuña, en contra del fiscal regional, Pedro Salgado, y el fiscal jefe de Coyhaique, Luis González, por el delito de obstrucción a la investigación en la causa por femicidio frustrado de Nabila Rifo.
En fallo unánime (causa rol 121-2016), el tribunal de alzada -integrado por los ministros Alicia Araneda, Luis Sepúlveda y Pedro Castro- revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Coyhaique, el 23 de noviembre pasado que denegó el sobreseimiento.
“Se revoca la resolución apelada de fecha 23 de noviembre de 2016, dictada por Mario Enrique Devaud Ojeda, Juez del Juzgado de Garantía de Coyhaique, en cuanto por ella, citando el artículo 256 del Código Procesal Penal, no consideró procedente la petición formulada por la Fiscalía en orden al sobreseimiento definitivo de la causa, respecto de los imputados Pedro Salgado González, Fiscal Regional de Aysén y Luis González Aracena, Fiscal Jefe de la Fiscalía de Coyhaique, la que se deja sin efecto y, en su lugar, se resuelve que se hace lugar a la solicitud formulada por la Fiscalía en la audiencia del día 27 de Octubre de 2016, en orden a declararse el sobreseimiento definitivo de la causa en favor de los antes referidos imputados, conforme lo disponen los artículos 248 letra a) en relación al artículo 250 letra a), ambos del Código Procesal Penal, por no ser el hecho denunciado, constitutivo de delito”.
La causa se inició por orden de la fiscalía nacional del 15 de julio pasado, que dispuso que el fiscal regional investigará la denuncia formulada por el defensor regional de Coyhaique, Fernando Acuña Gutiérrez, por eventual delito de obstrucción a la investigación, debido a que un testigo de 14 años “declaró en la carpeta de investigación sobre causa de femicidio frustrado y cuya declaración fue el basamento para solicitar la cautelar de prisión preventiva del imputado, y se omitió agregar a la carpeta de investigación la información entregada, antes de la audiencia de formalización y control de detención, por doña María Albertina Vidal Vidal, abuela materna de dicho menor que lo tiene a su cargo”.