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Año XVI, 18 de abril de 2024


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Guillermo Ceroni: “La Ley Emilia es excepcional por eso debe ser drástica”    

El tribunal constitucional decidió que la pena de cárcel de un año para conductores que causen lesiones graves o la muerte, por conducir en estado de ebriedad, no se aplicará. El presidente de la Comisión de Legislación de la cámara baja criticó la medida y especificó que en estos casos no se debería otorgar beneficios carcelarios al menos en un año.  

Rodrigo Fuentes

  Sábado 17 de diciembre 2016 12:29 hrs. 
Upset driver After Traffic Accident

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Como una pésima señal que podría marcar un precedente para los casos que vienen, calificó Carolina Figueroa, presidenta de la Fundación Emilia, el reciente fallo del Tribunal Constitucional que resolvió objetar un articulado clave de la llamada Ley Emilia.

La instancia jurisdiccional emitió la resolución declarando como inaplicable el capítulo sobre la obligación de “cumplir un año de pena efectiva a los conductores que en estado de ebriedad hayan causado lesiones gravísimas o muerte, o que bajo esta misma condición fueran condenados por retrasar la alcoholemia o huir y no dar asistencia a las víctimas de los accidentes de tránsito”.

Al respecto, Carolina Figueroa, explicó que pese al dictamen, no es el fin de la lucha que está dando la Fundación para disminuir las muertes provocadas por conductores ebrios.

“Genera un poco de impacto, porque esta fue una ley ciudadana apoyada por una comisión especializada de la cámara alta que aseguró que esta normativa no iba a pasar por estos problemas que ha tenido. Me parece un poco desconcertante que ningún honorable se haya acercado ni referido a fallo del Tribunal Constitucional”.

La presidenta de la Fundación Emilia, hizo un llamado a abogados penales y constitucionalistas para que apoyen profesionalmente a la institución, con el fin de superar este obstáculo impuesto por el TC.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Legislación de la cámara baja, Guillermo Ceroni, criticó el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, ya que según él, se trata de una ley excepcional que sanciona drásticamente a personas que causan muertes por conducir en estado de ebriedad.

“Yo creo que el Tribunal Constitucional ha exagerado, si nosotros en todas las leyes pusiéramos que aquellas personas que son condenados a un año, tienen que cumplir obligatoriamente la pena de prisión, yo creo que ahí el tribunal podría poner un pronunciamiento claro, pero esta es una ley excepcional y por eso hemos sido tan drásticos, que a pesar de que sea un año no tenga la libertad condicional y cumpla en la cárcel”.

El órgano jurisdiccional determinó que “las penas privativas de libertad se utilizan como último recurso, después de que esté plenamente establecido que el uso de otros mecanismos resulta insuficiente para sancionar las conductas delictivas más graves”.

En este sentido, el profesor del Departamento de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho Universidad de Chile, Juan Pablo Mañalich, cuestionó los argumentos utilizados por el TC para objetar el artículo.

“El problema que presenta la Ley del Tránsito en este aspecto no es exclusiva de ésta, porque reglas similares han sido establecidas en otro ámbito, entonces uno podría esperar que lleguen a partir de este fallo, al tribunal, otras acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que estén fuera del ámbito de la Ley de Tránsito, pero para las cuales resulta igualmente pertinente lo que el tribunal resolvió en este caso y ahí uno va a tener un laboratorio, por decirlo así, para comprobar que tan consistente va a ser el Tribunal Constitucional con lo que acaba de resolver”.

Cabe destacar que en lo que va del año 2016, ya ingresaron 572 causas al Ministerio Público por muertes producidas por conductores ebrios.

La propia Ley Emilia fue promulgada el 7 de septiembre de 2014, luego del fallecimiento de Emilia Silva, de nueve meses, después de un accidente de tránsito provocado por un conductor bajo los efectos del alcohol.

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