En enero de 2012, por la aplicación de la Ley de Transparencia, fueron publicadas las remuneraciones del personal de la U. de Chile, es decir, de todos sus académicos y funcionarios. Los datos revelaron diferencias injustificadas entre quienes desempeñan funciones similares, tanto al interior como entre las distintas unidades académicas.
Ante las dudas e inquietudes que comenzaron a surgir en la comunidad, el tema fue instalado por el Senado en las discusiones del Presupuesto Universitario del año 2012 y 2013, por lo cual en 2013 se creó la Comisión Tripartita de Remuneraciones, conformada por representantes de Rectoría, el Consejo y el Senado Universitario. En dichas instancias el Senado planteó un diagnóstico que constató la existencia de desigualdades no justificadas en las rentas, estableció que el componente de éstas con mayor variabilidad es la Asignación Universitaria Complementaria (que va de 0 a $7.358.666 mensuales, sin importar el grado o jornada) y evidenció diferencias de género.
Debido al cambio de autoridades, la Comisión Tripartita de Remuneraciones suspendió su trabajo, sin embargo se alcanzó a realizar un valioso levantamiento de información que no fue publicado. Por su parte, el Consejo de Evaluación diseñó un completo informe sobre la materia, coincidente con aquellas conclusiones.
Al interior del Senado, en tanto, y con el fin de profundizar el análisis, la Comisión de Presupuesto y Gestión revisó información institucional, la normativa de otras universidades y entrevistó a autoridades y representantes gremiales, logrando constatar la existencia de un amplio margen de discrecionalidad de las rentas. Luego de ello, la comisión presentó en junio de 2014 un Proyecto de Reglamento de Remuneraciones del Personal, cuyos principios rectores fueron los de alcanzar mayor claridad y objetividad al momento de determinar las remuneraciones.
Proceso de socialización y levantamiento de indicaciones
La anterior legislatura del Senado Universitario aprobó este primer Proyecto de Reglamento de Remuneraciones en junio de 2014, el cual fue analizado por los actuales Senadores en ejercicio, quienes decidieron abrir un proceso de discusión participativo de la comunidad universitaria en torno a la normativa, consistente en la socialización del texto y su discusión, en concurridas asambleas abiertas en las distintas unidades académicas. Luego de ello, se abrió un período para la recepción de indicaciones sobre el proyecto en general y sobre artículos en particular.
En definitiva, fueron 550 indicaciones canalizadas por medio de los Senadores Universitarios o a través de la mesa, 500 de ellas de carácter particular y 50 de carácter general, las cuales fueron presentadas a la plenaria del Senado el 15 de enero de 2015.
Luego del proceso participativo de socialización del Proyecto entre la comunidad universitaria, que logró como resultado el levantamiento de 550 indicaciones – entre generales y particulares-, para facilitar la discusión dentro de la plenaria del Senado Universitario, la actual Comisión de Presupuesto y Gestión clasificó cada artículo del proyecto con un color, dependiendo de las indicaciones acogidas.
Los artículos que no fueron tocados por estas indicaciones aceptadas y que se mantuvieron del proyecto original, pasaron a llamarse artículos “verdes”. Habiendo sido aprobados por la legislatura anterior y no siendo acogidas las indicciones, el Senado decidió votarlos en paquete, siendo aprobados por unanimidad en la plenaria del pasado 2 de marzo.
Los nombrados artículos “amarillos” fueron votados individualmente en la plenaria del día 23 de marzo, pues se trató de artículos modificados del proyecto original. En esta sesión el Senado decidió aprobar dichas normas, obteniéndose altos niveles de apoyo en cada uno de ellos. En cuanto a los artículos “rojos”, que recibieron indicaciones para su eliminación, deben ser votados en la plenaria del jueves 6 de abril.
Además de estas clasificaciones, también se implementó la categoría de normas azules. Estas normas corresponden a artículos que fueron propuestos por la comisión para ser incorporados al Reglamento de Remuneraciones y que no estaban contemplados en el proyecto original. La fecha en qué serán votados está por determinar. Dentro de las nuevas asignaciones que buscan ser incorporadas a través de estos artículos se encuentra la Asignación Universitaria de Proyecto Académico y la Asignación Universitaria de Actividad Destacada.
Artículos verdes: Disposiciones generales y algunas asignaciones
En primer lugar, cabe señalar que muchos de estos artículos recibieron indicaciones al igual que el resto. Sin embargo, se mantuvieron intactos y fueron aprobados, debido a que la Comisión de Presupuesto y Gestión desestimó dichas indicaciones, en su mayoría por no cumplir con la formalidad de una indicación, no enmarcarse dentro del ordenamiento jurídico universitario vigente o no ser atingentes al tema específico a tratar en cada párrafo.
Los artículos verdes agrupan los ejes centrales que definen y regulan el proyecto de Reglamento de Remuneraciones, por lo que fueron conservados.
Es importante destacar que existen apartados completos, como el “Título 1- Disposiciones Generales”, que se mantienen prácticamente intactos, respecto del proyecto original difundido a la comunidad. Este título está conformado casi en su totalidad por artículos verdes, exceptuando un inciso amarillo, que corresponde al cambio específico de una palabra por otro término más preciso. Este título agrupa las condiciones generales del proyecto, como la instauración de una Escala Única de Sueldos dentro de la Universidad de Chile y las respectivas diferenciaciones en las asignaciones exclusivas según estamento, abarcando también las comunes a todo el personal y las relativas a ciertos cargos o funciones.
Dentro de estos párrafos también se tratan, entre otras cosas, puntos generales como el carácter imponible y tributable de las diferentes remuneraciones establecidas en el documento.
Los siguientes títulos, que tienen relación con la discusión específica sobre asignaciones -comunes, exclusivas según estamento y las relativas a ciertas funciones- a diferencia del Título 1 abarcan tanto artículos verdes como amarillos y rojos. En este caso, dentro de estos apartados, los artículos verdes se refieren a los tipos de asignaciones que no requirieron cambios y a sus respectivos porcentajes que establecen la escala de remuneraciones, según características como grados, antigüedad, entre otras -dependiendo del carácter específico de cada asignación-.
En cuanto a las asignaciones abordadas en este reglamento, algunas ya han sido aprobadas completamente, ya que sólo presentan artículos verdes. Este es el caso de la Asignación Profesional y de la Asignación para el Aseguramiento de una Remuneración Mínima, ambas exclusivas para el personal de colaboración. Las asignaciones de Responsabilidad Directiva y de Responsabilidad Superior, que se clasifican dentro de las respectivas a ciertos cargos o funciones universitarias, también están exentas de artículos amarillos y rojos.
Artículos amarillos aprobados: Asignación de Productividad y de Antigüedad
Estos párrafos se distinguen de los verdes, ya que poseen indicaciones acogidas por la Comisión de Presupuesto y Gestión. Por lo tanto, fueron intervenidos a partir de las propuestas de la comunidad universitaria y presentan cambios respecto a la versión original del proyecto.
Los cambios que han experimentado estos artículos van desde precisiones conceptuales, que se han resuelto reemplazando ciertas palabras por términos más atingentes, hasta cambios directamente relacionados con aspectos normativos.
Las modificaciones más profundas, se evidencian en los incisos que tienen relación con aspectos determinantes para ciertas asignaciones. Dentro de las que han sido alteradas por estas indicaciones se encuentra la Asignación Universitaria de Productividad y la Asignación de Antigüedad.
Con respecto a la primera, se determinó una rebaja del monto máximo de la remuneración que los funcionarios pueden recibir -por concepto de esta asignación en particular- en un año calendario, reduciendo el número de 36 a 24 veces el sueldo base mensual. Además de este cambio, esta asignación también contiene un inciso amarillo que precisa que dicho beneficio podrá ser otorgado sin perjuicio de las demás asignaciones estipuladas, con la previa autorización correspondiente.
En cuanto a la segunda, también presenta cambios radicales respecto al proyecto inicial. Antes de la revisión del primer documento, dicho beneficio tenía el nombre de Asignación de Antigüedad y Capacitación. Sin embargo, dadas las indicaciones de la comunidad, ambas asignaciones fueron separadas, para luego eliminar la referida a la capacitación, esto en beneficio de los funcionarios, ya que exigía un número de horas a cursar en el período de un año, no existiendo políticas institucionales acordes a tal requisito.
Artículos rojos por votar: Eliminan Asignaciones por desempeño, de interés institucional, de exclusividad, de fomento a la inserción en la academia y por labores en horarios no habituales
Los artículos rojos, al igual que los amarillos recibieron indicaciones que fueron acogidas por la Comisión de Presupuesto y gestión. Sin embargo, a diferencia de los amarillos, fueron indicados para ser eliminados del Reglamento de Remuneraciones.
Dichos artículos deben ser votados, en la próxima plenaria, por el Senado Universitario, organismo que decidirá, en definitiva, si son eliminados o no del actual proyecto.
Estos artículos corresponden, casi en su totalidad, a asignaciones completas que fueron indicadas para su eliminación. Entre ellas se encuentra la Asignación Universitaria de Desempeño, que fue indicada por su falta de claridad y la Asignación por Interés Institucional, que según parte de la comunidad universitaria incorpora un alto grado de subjetividad y discrecionalidad en su otorgamiento.
El resto de las asignaciones que deben ser votadas para su eliminación son: Asignación de exclusividad, Asignación de Fomento a la Inserción en la Academia y Asignación por Labores en Horarios no Habituales.