Durante horas de esta tarde, el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Cristián Sanchez, declaró inadmisible la querella presentada este lunes por el director general de Carabineros, Bruno Villalobos.
La inadmisibilidad se realizó invocando la falta “legitimidad pasiva”, es decir, por carecer del derecho de hacerse parte en un proceso judicial. En este sentido, Bruno Villalobos presentó su querella en tanto persona natural y no invistiendo su cargo de director general de la institución.
Por regla general, el ordenamiento jurídico reconoce el derecho a todas las personas de querellarse respecto a hechos punibles cometidos por funcionarios públicos contra la probidad pública y en su misma jurisdicción. Sin embargo, en este caso el juez consideró que debido a su cargo, Villalobos no podía hacerse parte del proceso, separando su calidad de sujeto natural con la de director general de Carabineros.
Este razonamiento descartó que la querella pudiese ser presentada por Villalobos como persona natural. Además, Sánchez argumentó que tampoco como director general de la institución puede participar, invocando el artículo 52 de la ley 18.961 (orgánica constitucional de Carabineros), que no autoriza expresamente a su general director “a interponer acciones penales por presuntos hechos delictuales que hayan afectado el erario público”.
Esta declaración, que niega la legitimación activa de Bruno Villalobos, supone que éste no podrá hacerse parte de la investigación penal, no pudiendo intervenir en las formas consagradas en la ley como acceder y solicitar diligencias.
Finalmente, el magistrado sostuvo que la legitimación activa corresponde al Consejo de Defensa del Estado, quien es el encargado determinado por la ley para intervenir en los casos en que se sospeche que existen perjuicios para el Estado. El organismo presentó la querella el pasado 14 de marzo.