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Suprema rebaja condena a agresor de Nabila: “No se demostró la intención de matar”

Este martes, la Corte Suprema entregó la resolución en la que acoge parcialmente el recurso de la defensa de Mauricio Ortega. De este modo, para el máximo tribunal, no se demostró cabalmente la intención de matar, por tal, no configuraría el delito de "femicidio frustrado". De este modo Ortega obtiene una rebaja de 26 a 18 años.

Antonio Canales

  Martes 11 de julio 2017 14:44 hrs. 
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Finalmente este martes, la sala penal de la Corte Suprema dio a conocer su resolución ante el recurso de nulidad presentado por la defensa de Mauricio Ortega imputado por la brutal agresión contra Nabila Rifo, ocurrida en la ciudad de Coyhaique el 14 de mayo de 2016, y por lo que había sido condenado el pasado 2 de mayo por los delitos de femicidio frustrado y lesiones graves, sumando la pena de 26 años.

La lectura del fallo de la Suprema había generado gran expectación, particularmente luego de que el pasado fin de semana un reportaje del diario La Tercera filtrara la decisión del máximo tribunal.

El encargado de leer la resolución fue el ministro vocero de la Corte suprema, Lamberto Cisternas señaló ante los medios presentes que “se acogió parcialmente el recurso de nulidad”, y de paso, se anulaba la sentencia del 2 de mayo de 2017 dictaminada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique “solo en cuanto condenó el encartado ya individualizado (Mauricio Ortega) como autor del delito de femicidio frustrado“.

A esto, Cisternas agregó que en la sentencia de reemplazo “se declara que se condena a Mauricio Ortega por su responsabilidad en calidad de autor del delito de lesiones graves“.

La decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema -que estuvo integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm- fue por cuatro votos a uno, con la opinión disidente de Juica.

Consultado Cisternas porqué la sala penal descartó que el ataque fuera un femicidio frustrado, este respondió que, a juicio de los ministros y el voto de mayoría, “no se había demostrado cabalmente la intención de matar“. En este sentido -según señaló Cisternas- no quedó acreditado, con los antecedentes del proceso, que existiera dolo directo de matar.

Revisa: Nabila Rifo: ”Vi cuando Mauricio me pegó con piedras y yo me hice la muerta para que no me siguiera golpeando”

Con esto, Ortega rebaja su condena de 26 a 18 años.

Por su parte, el fiscal regional de Aysén, Pedro Salgado, señaló estar decepcionado con la resolución pero afirmó que respetaría el fallo del máximo tribunal. “Claramente no la compartimos porque nuestra coherencia en ese sentido desde un inicio siempre fue que en el caso de Nabila Rifo se había atentado en contra de su vida, en este caso como femicidio frustrado“, afirmó.

En las afueras de la Corte Suprema, organizaciones feministas se manifestaron en rechazo a la resolución tomada por el máximo tribunal.

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