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Año XVI, 16 de abril de 2024


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Corte Suprema ratifica indemnización del Estado a víctimas de maremoto

El monto total a pagar son $1.840 millones que se repartirán entre 74 familiares de 20 víctimas del suceso ocurrido en 2010.

Nicolas Massai D.

  Viernes 10 de noviembre 2017 15:10 hrs. 
Foto-Corte-Suprema

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La Corte Suprema confirmó una millonaria indemnización que deberá pagar el Estado a 74 familiares de 20 víctimas por el maremoto ocurrido en la madrugada del 27 de febrero de 2010, fecha en la que se produjo el terremoto 8,8 en la escala de Richter que afectó a las zonas centro y sur del país.

La sentencia fue ratificada por la Tercera Sala, que rechazó el recurso de casación que había presentado el Consejo de Defensa del Estado tras la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago sucedida el pasado 17 de enero.

Así, el Fisco deberá indemnizar “entre $7.500.000 y $30.000.000 a familiares de fallecidos y a quienes resultaron con lesiones en Juan Fernández, San Antonio, Constitución, Talcahuano y Tomé”.

El fallo dictado por el juez Pedro García indica que si bien “es efectivo que, en general, cualquiera persona, atendido al sismo previo al maremoto, pudiera no haber reaccionado en la forma que correspondía frente a la eventualidad de un maremoto, no es menos cierto que, al contrario de lo que señala la parte demandada, ello no resulta aplicable a las autoridades que ostentaban cargos que les imponían precisamente la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar o al menos paliar las consecuencias de este tipo de fenómenos naturales”, en referencia a la responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencias del Ministerio del Interior (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA).

En total, el Estado tendrá que repartir 1.840 millones de pesos a los familiares de las víctimas que fallecieron en San Antonio, Constitución, Tomé y Talcahuano, lo que equivale al 17 por ciento de lo solicitado originalmente por los demandantes, quienes pedían más de diez mil millones de pesos como indemnización de perjuicios por daño moral . El fallo también dispuso reparar económicamente a una mujer que resultó con lesiones producto del maremoto.

La sentencia establece que “la Onemi contando con la información del SHOA, debió inmediatamente decretar la alerta roja y transmitir la alerta de maremoto a través de su sistema de comunicaciones a las autoridades, incluyendo al ministro del interior, subsecretario del Interior, jefe de Gabinete, directores regionales de la zona en alerta, jefes de Emergencia de Ministerios y Servicios Públicos, que directa o indirectamente están relacionadas con la situación de riesgo, Carabineros y demás organismos del Sistema de Protección Civil, cuestión que no realizó”.

Hasta el momento existen otras 40 demandas por cerca de 72 millones de pesos, en Santiago y regiones.

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