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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Tribunal Ambiental de Valdivia condena a Endesa por daño ambiental en Lota y Coronel

El Tribunal estableció que Endesa sobrepasó la norma de emisión de termoeléctricas durante 340 horas, en 2014, lo que se sumó a la ubicación de la central en una zona saturada por material particulado (MP2,5) y provocó un daño ambiental en la zona.

Andrea Bustos C.

  Martes 1 de enero 2019 14:13 hrs. 
TRIBUNAL

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El Tribunal Ambiental de Valdivia condenó a la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa) por su responsabilidad en el daño ambiental en el componente del aire de las comunas de Lota y Coronel. En el caso, la demanda había sido interpuesta por más de 900 personas y organizaciones sociales de las dos comunas por la operación de la Central Termoeléctrica Bocamina.

La sentencia fue determinada por los ministros Michael Hantke Domas, Roberto Pastén Carrasco y Pablo Miranda Nigro, quienes establecieron que Endesa sobrepasó la norma de emisión de termoeléctricas durante 340 horas, en 2014, lo que se sumó a la ubicación de la central en una zona saturada por material particulado (MP2,5), condición ambiental que permanece hasta la actualidad, dando por hecho su responsabilidad en el daño ambiental.

El ministro Michael Hantke fue el encargado de explicar la sentencia.

Además, se descartó daño ambiental al agua y al suelo, por falta de evidencia  y también se rechazó el argumento de prescripción del daño, que era alegado por la empresa, pues este se ha producido de manera reiterada.

Respecto de la sentencia, el fallo dice que se condena a Endesa a reparar el medio ambiente, lo que se debe hacer mediante la disminución en un 30 por ciento de las emisiones de material particulado de su Central Bocamina, conducta que deberá mantenerse hasta que entre en vigencia el plan de descontaminación de Concepción.
“El CT Bocamina deberá presentar a este Tribunal un plan que indique cómo alcanzará el límite que fija la presente sentencia, dentro de los siguientes 6 meses luego de que el fallo quede firme y ejecutoriado, debiendo indicar las actividades a desarrollar para disminuir sus emisiones de MP y alcanzar el objetivo definido, en un plazo máximo de un año, una vez presentado y aprobado el plan por este Tribunal” puntualizó la resolución.

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