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Expertos valoran ley sobre delitos ambientales del Gobierno aunque advierten su insuficiencia

El Ejecutivo anunció el envío de una prenormativa que tipificaría nuevas infracciones y establecería sanciones penales por hechos calificados como graves. Abogados del sector y ONGs nos dieron a conocer su parecer sobre el eventual nuevo reglamento.

Rodrigo Fuentes

  Lunes 21 de enero 2019 18:38 hrs. 
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Este lunes, el Presidente Sebastián Piñera anunció el envío al Congreso de un proyecto de ley que modifica la actual normativa sobre delitos medioambientales.

A grandes rasgos, la idea del Ejecutivo es establecer que las empresas son las responsables de tener mecanismos de control y seguridad para evitar daños al ecosistema.

Además, determina sanciones penales para aquellos que produzcan graves perjuicios, en algunos casos irreparables, y para aquellas empresas entreguen información falsa a la superintendencia del sector.

En el acto de firma del proyecto, el Presidente Piñera indicó que con la iniciativa se busca prevenir situaciones como la ocurrida en Quintero y Puchuncaví, donde, según él, se termina afectando a la sociedad debido al mal actuar de personas y empresas.

“Esta es una ley preventiva que busca adelantarse al daño, pero también busca darle más eficacia a la ley y a las instituciones cuando algunas personas o empresas no respeten a la institución. Todas las compañías van a tener un diagnóstico de riesgos, un plan para enfrentarlos. Y aquellos que no cumplan con la ley van a tener que enfrentar sanciones”, afirmó.

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El proyecto incorpora delitos ambientales en la ley 20.393, incluyendo obstrucción de las fiscalizaciones e investigaciones, y la entrega de información falsa a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

Para la directora de la Fundación Terram, Flavia Liberona, se debe valorar la iniciativa, sin embargo, precisó que hay que estudiar detenidamente la letra del texto gubernamental.

“Por ejemplo, una termoeléctrica no puede estar evaluada ambientalmente, caso real, pero sí un ducto que vierte agua al mar o una cancha de acopio de carbón, pero la industria en sí misma no, porque son antiguas a la ley. La superintendencia no las puede fiscalizar, porque no tienen Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de su operación principal, sólo de obras anexas o ampliaciones. Esto corresponde a la mayoría de los casos en Puchuncaví y Quinteros. Por lo tanto, si el proyecto de ley del Ejecutivo viene a solucionar ese problema, bienvenido sea, pero me temo que no será así”, argumentó.

Entre los nuevos delitos tipificados con sanciones penales, también se encuentra el derrame de petróleo o sus derivados. Con la actual legislación, dichos actos son sancionados con multa impuesta por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) y, en caso que haya daño ambiental, puede ser perseguido solo a través de una acción de reparación.

Para el abogado y director Ejecutivo de la ONG FIMA, Ezio Costa, el proyecto es una buena noticia, no obstante, se debe analizar el detalle, pues es extremadamente difícil investigar y probar los hechos investigados.

“Hay que estudiarlo en detalle, especialmente quienes van a terminar siendo responsabilizados por cometer los hechos y cómo se van a poder probar. Las leyes penales ambientales a veces tienen problemas porque son muy difíciles de ejecutar, es decir, aunque los delitos están tipificados, luego es extremadamente difícil investigar y probar. Así que hay que poner atención en la tramitación para que esto no suceda, que sea un proyecto de ley que sirva efectivamente a los objetivos que tiene”, subrayó.

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Destacar que, actualmente en el Congreso, existen propuestas similares que determinan nuevos delitos ambientales y mayores sanciones. Para Ezio Costa, es positivo que este proyecto se sume a los que están en tramitación, ya que se pueden complementar.

Además, advirtió que el desafío es también lograr una adecuada coordinación de los diversos órganos del Estado en el cumplimiento de la labor fiscalizadora e investigadora.

Recordemos que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) elaboró el informe “Evaluaciones del Desempeño Ambiental de Chile 2016”.

El documento entra de lleno al debate sobre si corresponde o no penalizar delitos ambientales en nuestro país y pide, además, efectuar una categorización de las distintas infracciones.

Para la OCDE, la legislación penal chilena no establece disposiciones específicas sobre las infracciones ambientales, situación que ha sido objeto de debate durante los últimos diez años.

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