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Reformas capitales de Piñera: cuatro claves de la modernización laboral

Mayor flexibilidad laboral, cambios en materia de indemnizaciones por años de servicio, regulación de los grupos negociadores y reemplazos por huelgas son los aspectos que este gobierno espera se revisen en este nuevo periodo legislativo. La modernización en el trabajo, según el Ejecutivo, está separada por una delgada línea de la precariedad laboral.

Ricardo Verdugo S.

  Martes 5 de febrero 2019 12:41 hrs. 
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Primero fue septiembre, luego diciembre y después enero. Sin embargo, sigue la espera. La reforma laboral de Sebastián Piñera fue postergada para marzo. Es decir, para la vuelta del receso legislativo.

¿Qué pasó en el camino? Pues bien, la elaboración de este proyecto sufrió varias modificaciones a pesar que en más de una oportunidad se dijo que “ya estaba listo”.

De todas formas, parte de la iniciativa ya se ha ido develando poco a poco y en Radio y Diario Universidad de Chile realizamos un análisis de sus cuatro ejes más importantes. Entre ellos, el incentivo a la flexibilidad laboral, un nuevo sistema de indemnizaciones, la regulación jurídica de grupos paralelos a los sindicatos y la posibilidad de suplir a los trabajadores en huelga.

Para el Gobierno, en estos cuatro ejes se encuentra la clave para “renovar” el mundo del trabajo. Para sus detractores, estos no son más que la materialización de los intereses empresariales.

Flexibilidad de horario: ¿Indicio de modernidad?

“La jornada de trabajo se reparte en forma muy rígida por la ley, se puede repartir solamente entre 5 y 6 días y lleno de normas, en circunstancias que la modernidad lo que busca precisamente es hacer más compatible el mundo del trabajo con el mundo de la familia; y de esa forma la flexibilidad laboral, que uno pueda acomodar los horarios (…) debiera estar permitido en la medida que se logran acuerdos libres y voluntarios entre las partes, cosa que la actual legislación lo rigidiza en forma extrema”.

De esta forma se refirió a la actual legislación laboral el Presidente Sebastián Piñera, en el marco del desayuno anual organizado en octubre pasado por la Federación de Empresas de Turismo (Fedetur), donde hizo énfasis en la importancia de adaptarse a los tiempos y necesidades de la sociedad de hoy.

“Hoy día la sociedad moderna está abandonando el concepto de línea de producción y está yendo a fórmulas que cada vez se acercan más a las necesidades de las personas y los consumidores”.

Es por esto que la flexibilidad de los horarios asoma como uno de los ejes principales de la reforma laboral de Piñera.

Una de las propuestas que se manejan pretende incorporar al Código del Trabajo una alternativa de distribución mensual con un límite máximo de 180 horas, límites máximos de jornada diaria y horas extraordinarias, que permitan acuerdos entre el trabajador y el empleador.

Pero ¿cuáles son los beneficios de flexibilizar la jornada laboral?

De acuerdo al Gobierno, este tipo de medidas generaría mayor participación laboral en sectores rezagados, como los jóvenes y, por otro lado, empoderaría a los trabajadores frente a la automatización de los procesos de producción.

No obstante, son los mismos jóvenes quienes rechazan este tipo de medidas. El cuarto sondeo “Flexibilidad laboral, NINIS y capacitación” del Instituto Nacional de la Juventud (Injuv), publicado en enero, arrojó que el 72 por ciento de las personas entre 18 y 29 años prefiere trabajar con un horario fijo.

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Los jóvenes, grupo al que Piñera apunta con la flexibilización del trabajo, prefieren empleos que cuenten con horario fijo. Foto: Patricio Fuentes.

¿Y cómo podría hacer frente a la automatización de los empleos?

El abogado experto en derecho laboral y académico de la Universidad Diego Portales, José Luis Ugarte, se pregunta “¿Qué tienen que ver las nuevas tecnologías con que las empresas impongan condiciones flexibles a sus trabajadores?” y asegura que, en la mayoría de los casos, no serán precisamente los trabajadores los que impondrán su voluntad en dicha flexibilización.

“Cuando tu dejas la voluntad individual de las partes, lo que suele ocurrir es la imposición de la voluntad del empleador y no del trabajador, por lo tanto, lo que va a haber aquí es flexibilidad para las empresas y no para el trabajador. Lo que va a ajustar los horarios son las necesidades de las empresas y no las del trabajador”.

Por necesidades de la empresa

En noviembre pasado, el Ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, debió dar marcha atrás a la propuesta del Gobierno de introducir cambios, e incluso eliminar, la indemnización por años de servicio, esto luego de que asegurara que el actual sistema desincentivaba la posibilidad de una nueva oportunidad de empleo, ya que los trabajadores no renunciarían para no perder la antigüedad dentro de sus empresas.

De este modo, la reforma debió ajustarse y finalmente se introdujo la creación de un segundo sistema optativo a todo evento (es decir, que opere tanto en caso de despido como de renuncia), a través del cual los trabajadores no perderían sus indemnizaciones en caso de renuncia. No obstante, según dio cuenta La Tercera, el tope de tiempo de esta nueva alternativa iría entre los cuatro y seis años.

Para el economista e investigador de Fundación Sol, Marco Kremerman, la propuesta de un sistema paralelo al actual que incentive la rotación no tiene sentido.

“Hoy día tenemos un nivel de rotación y flexibilización gigantesco para el mundo del trabajo. Hay más de 800 mil personas subempleadas que trabajan a jornada parcial. Hay más de un millón de persona que son trabajadores dependientes pero que no tienen contrato. O sea, hay un mundo de flexibilidad enorme. La indemnización es uno de los pocos derechos que tienen los trabajadores chilenos y no tiene mucho sentido erosionarla mediante una indemnización paralela”.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas (INE), en el trimestre octubre-diciembre, 2,5 millones de personas trabajaron en la informalidad en nuestro país, es decir, casi el 30% de los ocupados en Chile.

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Según el INE, en nuestro país 2,5 millones de personas trabajan de manera informal. Es decir, sin percibir indemnizaciones.

El abogado experto en derecho laboral, José Luis Ugarte, va más lejos y afirma que en este punto se puede observar el “verdadero sentido de la reforma”.

“Lo que quieren hacer, pero no pueden decir, es rebajar el sistema de indemnizaciones. Si solo fuera por permitir las renuncias para que las personas no se queden pegadas, entonces no habría necesidad de crear ningún sistema paralelo, bastaría con reformar el actual agregando entre las causales de indemnización la renuncia. En el fondo, lo que se busca es hacer más fácil despedir por necesidades de la empresa. Ese es el sentido de la reforma”.

Aspectos colectivos: ¿Debilitados por la reforma?

Los otros dos ejes principales de la reforma apuntan directamente al modo en que se organizan los trabajadores y a que sucederá con sus empleos en caso de una huelga.

Sobre el primer punto, el proyecto de Sebastián Piñera contempla la regularización de los grupos negociadores paralelos a los sindicatos.

Si bien, hasta ahora no ha habido certezas respecto del poder de negociación que tendrían estos grupos, el reconocimiento legal de estos podría generar el debilitamiento de los sindicatos.

Marco Kremerman de Fundación Sol, señala que, más allá de beneficiar a los trabajadores, esto beneficiaría a los empleadores.

“Lo que intenta hacer este Gobierno es volver a colocar sobre la mesa que también los grupos negociadores puedan, al igual que la legislación al igual que en dictadura, tener la posibilidad de negociar en paralelo a los sindicatos, lo cual es un fuerte incentivo a la desindicalización y es un fuerte incentivo para que los empleadores estimulen la creación de grupos negociadores”.

La reforma laboral del 2016 desreguló a estas entidades paralelas para establecer a los sindicatos como la única forma de agrupación con capacidad de ejercer el derecho a huelga, entre otras facultades. Precisamente, el derecho a huelga es último punto de nuestro análisis.

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Los sindicatos serían los principales afectados con la nueva reforma de Piñera

El acuerdo de desarrollo integral de la reforma firmado por Sebastián Piñera en noviembre pasado recomendó “revisar la normativa que regula el reemplazo interno de trabajadores en caso de huelga” para equilibrar necesidades de la empresa, los derechos de los trabajadores “y la sociedad como un todo, que no debe asumir los costos de un conflicto en el que no tiene participación”.

No obstante, en la actualidad, esta recomendación quedó descartada, y se dio paso a una revisión de los servicios mínimos y adecuaciones que puede hacer el empleador en caso de huelga, los cuales incluyen la posibilidad de modificar los turnos y horarios de trabajo para que los trabajadores no involucrados en la huelga puedan ejecutar las funciones convenidas en sus contratos de trabajo.

Este último punto, a pesar del daño que significaría para los movimientos sindicales ha pasado prácticamente desapercibido.

Frente al conjunto del proyecto, José Luis Ugarte de la Universidad Diego Portales, afirma que “El Gobierno ha interpretado muy bien al mundo empresarial”.

2019 se perfila como el año en que estos cuatro ejes deberán ser debatidos, tanto por el Parlamento como por los distintos estamentos de la sociedad que puedan verse afectados. La reforma laboral de Piñera, que ya ha sido aplazada en tres oportunidades, nos dejará ver recién en marzo si resuelve las necesidades de los empleadores o de sus trabajadores.

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Después de varias postergaciones, se espera que marzo sea el mes en que comience la discusión legislativa de la reforma laboral. Foto: Ministerio del Trabajo.

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