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Año XVI, 25 de abril de 2024


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Corte de Apelaciones ordena el traslado de primos Tralcal desde Valdivia a Temuco

El abogado de los imputados por el crimen del matrimonio Luchsinger Mackay señaló que el traslado debiese realizarse de forma inmediata o Gendarmería podría caer en delito de desacato.

Tomás González F.

  Jueves 4 de abril 2019 19:18 hrs. 
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Este jueves, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó por unanimidad la resolución del Juzgado de Garantía de la misma ciudad, que ordenaba el regreso de José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco.

Hasta el momento, los primos imputados por el homicidio del matrimonio Luchsinger-Mackay se encontraban en el Complejo Penitenciario de Valdivia, situación que había sido denunciada por su abogado, al tratarse de una situación que, según el mismo, carecía de legalidad.

Esto, por un recurso que interpuso Gendarmería el mismo día de la detención, en el que señalaban que los imputados no podían cumplir su pena en la cárcel en Temuco, argumentando que la seguridad de los mismos no se podía garantizar en este centro penitenciario.

Sin embargo, esto fue posteriormente revocado por el Juzgado de Garantía, a través del cual Gendarmería de Chile apeló, y este jueves se realizaron los alegatos. Luego de esto, y habiendo escuchado a los intervinientes y no siendo suficientes los antecedentes expuestos por la institución penitenciaria, la Corte de Apelaciones confirmó la resolución.

Sebastián Saavedra, abogado de José y Luis Tralcal, se mostró satisfecho con la resolución de la Corte y destacó la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en esta materia.

“Existiendo además una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el sentido de que para los comuneros mapuche que son condenados deben preferirse aquellos recintos penitenciarios que se encuentren cercanos a su domicilio, siendo éste naturalmente el de Temuco, es que la Corte de Apelaciones, como he señalado, a confirmado la resolución y ha alzado la Orden de No Innovar que pesaba sobre la resolución que ordenaba el traslado”, dijo el abogado.

“Por lo tanto, el traslado debiese ser realizado de forma inmediata, so pena de caer en un delito de desacato por parte de Gendarmería”, agregó.

Cabe recordar que, en primera instancia, la Corte Suprema había determinado que ambos debían cumplir su condena de 18 años de presidio en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco, pero un recurso de apelación interpuesto por Gendarmería Regional provocó el traslado inmediato, y sin aviso alguno, de los imputados a la Cárcel Llancahue de la capital de la Región de Los Ríos.

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