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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Justicia declara ilegal que SEA excluya a ciudadanos en revisión de proyecto minero

Se trata del proyecto de 101 plataformas de prospección minera “Terrazas”, de Laguna Gold en Puerto Ibáñez, donde se excluyó a los vecinos porque la iniciativa no generaría “cargas ambientales”. Luego del fallo se retrotrae el procedimiento al momento previo a su calificación ambiental favorable.

Andrea Bustos C.

  Jueves 16 de mayo 2019 17:53 hrs. 
Foto Ibáñez

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La Corte Suprema declaró ilegal la negativa del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Aysén de realizar participación ciudadana en la revisión del proyecto de 101 plataformas de prospección minera “Terrazas”, de Laguna Gold en Puerto Ibáñez, decisión que retrotrae el procedimiento al momento previo a su calificación ambiental favorable.

La sentencia del Máximo Tribunal deja sin efecto la decisión de la Corte de Apelaciones de Coyhaique del 12 de diciembre pasado, que rechazó el recurso de protección de los vecinos de Puerto Ibáñez, Marlina Orellana y Daniel Soto, quienes se habían sumado previamente a una solicitud de participación ciudadana de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (Codesa), Corporación Costa Carrera y la Agrupación Aysén Reserva de Vida.

El proyecto “Terrazas” inició su tramitación en enero de 2018 y dentro del plazo legal las tres organizaciones solicitaron abrir un proceso de participación ciudadana, el cual fue negado por el director regional del SEA, Claudio Aguirre, bajo el argumento de que la instalación de plataformas en la zona, a 3,5 kilómetros de Puerto Ibáñez, no generaría “cargas ambientales”. Estas se entenderían como “beneficios sociales” y “gravámenes a los habitantes de la localidad donde se realiza”, debiendo en su interpretación ocurrir obligatoriamente ambas condiciones para permitir que la ciudadanía presentara observaciones por la vía institucional.

Marlina Orellana, vecina que había presentado este recurso, valoró el fallo y dijo que “como agrupación estamos preocupados de los impactos que llegan a las comunidades cercanas de este tipo de industria y de esta forma los habitantes ahora se pueden sentir partícipes de un proceso de evaluación que impactará directamente de forma social y medioambiental”.

aysen

El fallo establece que “la omisión del proceso de participación ciudadana legalmente requerido por los actores deviene, entonces, en ilegal, toda vez que impide el efectivo ejercicio del principio de participación consagrado en el Derecho Ambiental Chileno, que la autoridad debía acatar por imperativo legal, aspecto que lesiona la garantía de igualdad ante la ley”.

Patricio Segura, secretario de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (Codesa), indicó que negar la participación es una situación que se volvió recurrente en el SEA de la región y comentó que esperan poder repetir este fallo en casos similares.

“Vamos a buscar, no solamente en el caso del proyecto Terrazas, sino que en otros proyectos más que fueron rechazados por el mismo motivo, ver las vías legales, administrativas, de revertir esas decisiones para que se hagan con participación de la comunidad y que esta pueda hacer observaciones y, obviamente, exista un mayor análisis de esos proyectos de parte de la visión que tiene la comunidad y no solamente de organismos técnicos que, lamentablemente, en el caso de los proyectos de prospecciones mineras en la comuna de Aysén han demostrado que están bailando la cueca de la minería”, aseguró.

Con el dictamen de la Corte Suprema se retrotrae el procedimiento al momento previo a su calificación ambiental favorable, debiendo realizarse un proceso de participación ciudadana formal y luego ser votado.

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