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Año XVI, 16 de abril de 2024


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Cafetería Starbucks recibe quinta condena por prácticas antisindicales

El lunes 29 de julio el 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condenó a Starbucks Coffee Chile por despedir ilegalmente a dos trabajadores sindicalizados que participaron en las elecciones internas del sindicato en agosto del 2018. Esta sentencia corresponde a la quinta condena por prácticas antisindicales que pesa sobre Starbucks en su breve paso por Chile, y ocurre a dos meses del cierre de la negociación colectiva que sostuvo con la organización de trabajadores.  

Diario Uchile

  Miércoles 31 de julio 2019 15:42 hrs. 
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Ha sido un pésimo mes judicial para Starbucks Coffee Chile, la renombrada cadena norteamericana de cafeterías: el 15 de julio fue condenada por el despido injustificado de Javier Aguilera Guevara, en la causa RIT: O-6591-2018 del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, debiendo pagar $21.382.178 en indemnizaciones; y el 29 de julio, nuevamente sufrió un revés, ahora en el 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, siendo condenada por prácticas antisindicales. Se trata de la quinta condena por esta razón que pesa sobre la multinacional, quien se coronó como la más multada por conductas antisindicales durante el 2011, 2012 y 2014.

Sin embargo, lo curioso del caso es que fue Starbucks quien demandó al sindicato originalmente por prácticas antisindicales, seguida bajo el RIT S-86-2018, alegando un supuesto abuso de fuero de 2 candidatos a dirigentes que la empresa despidió en agosto del 2018. Esta causa se acumuló con la S-88-2018, que consistió en la denuncia interpuesta por la Dirección Regional del Trabajo Oriente, tras la investigación realizada sobre el despido de estos mismos empleados y la negativa de la compañía a reincorporarlos. El Tribunal Laboral, que ya había ordenado el reintegro de Javier Muñoz, Barista en la tienda Starbucks Balmaceda de la Serena y Felipe Jerez, Técnico de Mantenimiento, el día 3 de octubre del año pasado tras la negativa de la empresa a hacerlo por requerimiento de la Inspección del Trabajo, terminó por desechar las pretensiones de Starbucks en la reciente sentencia, argumentando “Que de acuerdo al razonamiento realizado en los considerandos precedentes no se aprecia por parte del Sindicato de Empresa de Trabajadores Starbucks Coffee S.A ni  tampoco por los demandados  Felipe Antonio Jerez Velázquez y Javier Andrés  Muñoz Pereira, un uso abusivo o de mala fe del fuero laboral del que gozaron. Por esta razón se rechazará la denuncia interpuesta por la empresa Starbucks Coffee Chile S.A”, rematando con “Que  conforme  el  razonamiento  realizado  en  los  considerandos  anteriores habiéndose concluido que los trabajadores Felipe Jerez y Javier Muñoz, fueron despedidos mientras se encontraban afectos a fuero laboral, sin contar la denunciada con autorización judicial previa, unido a la prueba documental ofrecida por la denunciante y denunciada  consistente  en  acta  de  fiscalización  por  separación  ilegal  de  trabajadores  con  fuero laboral/sindical e informe de exposición emanado realizado por la Dirección del Trabajo, además de lo declarado pon el testigo de la denunciada don Javier Rojas (Subgerente de Relaciones Laborales de Starbucks), se concluye que informado por parte de la Dirección del Trabajo a la denunciada Starbucks Coffee Chile, que los trabajadores Felipe Jerez y Javier Muñoz se encontraban amparados por fueron laboral al momento de su despido, siendo requerida su reincorporación, la denunciada, se negó  a hacerlo  desconociendo  el  fuero  laboral  que  los  amparaba.

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Andrés Giordano

 

Dicha actuación se enmarca dentro de las prácticas antisindicales del empleador previstas en el artículo 289 letra f) del Código del Trabajo, constituyendo dicha conducta un atentado a la libertad sindical especialmente en su faz colectiva como atributo de libertad de representación”. Como consecuencia, la sentencia establece que “Starbucks Coffee Chile S.A ha incurrido práctica lesiva de la  libertad sindical”,  condenándola al pago “de una  multa ascendente a la suma de  200 Unidades Tributarias Mensuales” y a “realizar  a  los  gerentes  y  subgerentes  una  capacitación  sobre  derechos  laborales  y  libertad  sindical,  la  que  deberá  ser  impartida por un profesor de una Universidad acreditada y realizarse en el plazo  máximo de tres meses desde la ejecutoria de la presente resolución”. Además, se le condenó al pago de las costas del juicio por $ 2.000.000, tras resultar totalmente vencida.

Al respecto, el presidente del Sindicato, Andrés Giordano valoró el fallo y comentó que “estamos conformes, pero claramente acá existe un problema más profundo que un juicio. Es un problema estructural dentro de la filosofía corporativa y la mentalidad de los ejecutivos de Starbucks, que además de persistir en un ánimo antisindical pretenden pasar por encima de instituciones como la Dirección del Trabajo. Estos despidos son una de muchísimas acciones que Starbucks realizó durante el último año para vulnerar al sindicato y el proceso de negociación colectiva que recientemente terminó. Lamentablemente, en tribunales hay varias causas pendientes de despidos, presiones, amenazas, agresiones, mala fe negocial y otras conductas antisindicales que esperamos también encuentren el mismo grado de justicia”.

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