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Tribunal Constitucional declara ilegales guetos verticales de Estación Central

Las autorizaciones entregadas por el municipio de Estación Central contravienen la normativa del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que imposibilita la "edificación continua" en una zona que no tiene límite de altura.

Diario UChile

  Miércoles 14 de agosto 2019 12:37 hrs. 
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Este martes se dio a conocer una sentencia del Tribunal Constitucional que negó lugar al requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad  deducido por la  inmobiliaria Placilla SpA, en contra del dictamen de Contraloría que resolvió como contrarios a derecho una serie de permisos de edificación otorgados por la Municipalidad de Estación Central.

Fue en noviembre de 2018 que el ente fiscalizador ordenó a la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Estación Central (DOM) la “invalidación administrativa” de diversos permisos otorgados para la construcción de los llamados “guetos verticales”.

La resolución de  Contraloría se fundamentó en que las autorizaciones entregadas por el municipio de Estación Central contravienen la Circular de DDU 313 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo,  que imposibilita la “edificación continua” en una zona que no tiene límite de altura, como es el caso del sector entre las calles 5 de abril, Ecuador, Exposición y las Rejas.

Patricio Herman.

Patricio Herman.

El presidente de la asociación Defendamos la Ciudad, Patricio Herman, conversó con Diario y Radio Universidad de Chile y recordó la actitud que tomaron algunas inmobiliarias frente a Contraloría.

“El abogado Cristóbal Osorio hizo la denuncia en la Contraloría, por cuenta de la Fundación Defendamos la Ciudad y otras agrupaciones de la comuna de Estación Central. Y la Contraloría dijo lo que tenía que decir, que eran todos ilegales. Acto seguido, algunas inmobiliarias, y no todas, fueron a la Contraloría pidiendo reconsideración y la Contraloría les dijo que no”, detalló Herman.

Ante esta negativa, el 26 de junio, la empresa Placilla SpA presentó un requerimiento al Tribunal Constitucional, aduciendo la inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, de tres preceptos legales, así como un “actuar arbitrario e ilegal” de parte de Contraloría de la República, el mismo que este martes fue declarado inadmisible.

Aunque esto deja a 70 construcciones de Estación Central como ilegales, según Patricio Herman, es poco probable que se cumpla con el procedimiento legal que corresponde.

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En la ley general de Urbanismo y Construcción hay dos artículos, el 148 y el 157, que definen con bastante claridad que, si un edificio es construido al margen de la ley, la autoridad tiene que mandar a demolerlo incluso con ayuda de la fuerza pública. Eso es lo que dice la ley, pero si usted ahora me pregunta si se va a cumplir la ley, yo tengo muchas dudas”, sentenció el dirigente.

Esta situación, según adelantó Herman, se encuentra ahora en la Corte de Apelaciones, donde la empresa mencionada volvió a cuestionar la legalidad de la Contraloría respecto de temas urbanísticos.  Sin embargo, para el dirigente, tanto dicha corte, como posteriormente la Corte Suprema, tendrán sentencias similares a la del Tribunal Constitucional.

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