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La FIFA es más honorable que la Cámara de Diputados

Columna de opinión por Patricio Herman
Viernes 20 de septiembre 2019 16:51 hrs.


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Todos sabemos que el 14 de agosto pasado la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley denominado eufemísticamente de “integración social y urbana” pero que en realidad es un vulgar traje a la medida de las más poderosas inmobiliarias del país, es decir, las que tienen capacidad económica para adquirir terrenos que se someterán a mejoras urbanísticas decididas discrecionalmente, ya sea por el ministro de Vivienda y Urbanismo, su Seremi y por el jefe de la División de Desarrollo Urbano (DDU) de ese ministerio. Vemos entonces que las reglas del juego contenidas en todos los Planes Reguladores Comunales serán letra muerta por resoluciones absolutamente centralistas y autoritarias.

Sobre lo anterior nos llama mucho la atención que a la fecha ningún alcalde, ni menos la Asociación Chilena de Municipalidades, hayan formulado reclamaciones públicas ante ese atentado a sus propias atribuciones, pero el pequeño gran problema es que esa votación está viciada pues se aprobó con el voto favorable de unos cuantos diputados que tienen intereses en la industria de la construcción, motivo por el cual algunos ciudadanos informados, liderados por Miguel Lawner, Premio Nacional de Arquitectura 2019, le solicitaron una entrevista a la Comisión de Ética y Transparencia de esa institución legisladora que antepone a su nombre el vocablo “honorable”.

Como no había respuesta de esa augusta Comisión que vela por la ética, el 2 de septiembre pasado los mismos ciudadanos se dirigieron por escrito al diputado Iván Flores, a la diputada Loreto Carvajal y al diputado Pepe Auth, presidente, primera vicepresidenta y segundo vicepresidente, respectivamente, de la Cámara de Diputados, expresándoles que la situación de sus colegas desobedientes pugna con la probidad, imparcialidad, buena conducta, transparencia y ética en la función parlamentaria, más todavía si los diputados Monsalve y Castro, antes de la votación, dijeron que los que tenían conflictos de interés no podían emitir sus preferencias.

A los 3 destinatarios de la nota en comento se les recordó que el artículo 8° de la Constitución Política establece, en su inciso primero que “el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones” reiterándoles que la esa obligación constitucional es la base de una democracia honesta, en donde los titulares de los poderes públicos deben observar siempre el principio de probidad. También se aludió al artículo 52 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado que dice “El principio de la probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”, ya que cuando existen intereses particulares y al mismo tiempo se ejerce un cargo de autoridad pública, se genera un conflicto de intereses, pues, no se garantiza la preeminencia del interés general por sobre el interés particular.

Ya con un comportamiento majadero, los ciudadanos le dijimos a la mesa de la Cámara de Diputados que en los casos que existe semejante conflicto de intereses, en derecho administrativo nace el deber de abstenerse de adoptar decisiones o concurrir a ellas, conforme se establece en el N° 1, del artículo 12, de la Ley 19.880, sobre procedimiento administrativo, cuya disposición pertinente establece lo siguiente: “Principio de abstención. Las autoridades y los funcionarios de la Administración en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente”.

Expresándole a dicha mesa que lo que hace el Reglamento de la Cámara de Diputados es recoger tales principios constitucionales y legales sobre probidad y abstención, de manera de garantizar un desempeño honesto y leal de la función del diputado.

La mesa de la Cámara de Diputados sabe muy bien que sus colegas “traviesos” evaluaron los costos y beneficios de sus propias decisiones y si optaron por vulnerar la abstención que les afectaba, es porque consideraron que las multas que se les cursarán son bastante menores que los beneficios que obtendrán en sus negocios particulares, especialmente, ante la posibilidad de resultar beneficiados en el futuro, con las resoluciones exentas del Ministro de Vivienda que fije condiciones urbanísticas muy mejoradas para los terrenos de su dominio, o de aquellos parientes o amigos, con los cuales podrá fácilmente triangular operaciones muy difíciles de detectar, dado que ellas ocurrirán con ocasión de transacciones comerciales entre privados.

Le decíamos a esa mesa que, como tanto se habla de transparencia y probidad en la institucionalidad, se debería impedir la lacra de la corrupción en la Cámara de Diputados, motivo más que suficiente para anular la votación por estar viciada, convocando a una segunda, en la cual solo los diputados sin conflictos de interés puedan ejercer sus derechos a voto. De esta manera su resultado será legítimo ante los ojos de la ciudadanía. De lo contrario, una vez más se desprestigia la política y se debilitan las instituciones más relevantes del país.

En sentido contrario, si esa corporación legislativa permite, que se haya vulnerado su propia regulación sobre probidad y conflictos de intereses, para ser coherente con los hechos será necesario que en la Cámara de Diputados se elimine esa expresa prohibición, con lo cual para los diputados que se desenvuelven en los distintos negocios, ya no existirán los conflictos de interés en la hora de votar.

En todo caso si hay seriedad en el país, los diputados deben recapacitar pues, con motivo de las acciones judiciales iniciadas por las financieras y bancos del caso de los hermanos Frei Ruiz-Tagle, una gran cantidad de magistrados se han inhabilitado por tener relaciones comerciales con los bancos, comportamiento honesto y legal y hasta la FIFA, cuando se detecta que un equipo de fútbol inscribe mal a un jugador, ese equipo en castigo pierde el partido.

Obviamente nunca se recibió respuesta de la carta enviada el 2 de septiembre, lo cual es indicativo que ese proyecto de ley incorrectamente aprobado, ahora pasará al Senado y no tenemos ninguna duda de que en esta instancia legislativa los senadores con intereses en la industria inmobiliaria cumplirán con sus deberes de abstención, con lo cual, independientemente del resultado de la votación, se daría el hecho insólito de que ciertos diputados vulneran su reglamento y los senadores lo cumplen, con lo cual estaríamos en un escenario de doble estándar absurdo en nuestro sistema democrático.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.