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Cierre anticipado del año escolar: una decisión ilegal y arbitraria

Columna de opinión por Mauricio Torres J.
Jueves 7 de noviembre 2019 12:45 hrs.


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El pasado 3 de noviembre, la Municipalidad de Santiago anunció por redes sociales que los liceos de dicha comuna volverían a clases, con excepción del Instituto Nacional y el Internado Nacional Barros Arana, a quienes se les cerraría el año escolar de manera anticipada. La razón para esta última decisión, en palabras de la Municipalidad, es que “en este momento no existen las condiciones de seguridad adecuadas para proteger tanto a la comunidad escolar como a los funcionarios de los establecimientos. Al momento de tomar la decisión se ha ponderado la situación que ha vivido la comuna y el país en las últimas semanas, y que además ha sido en estos liceos donde se han concentrado la mayor cantidad de hechos de violencia y vandalismo durante el año”.

La decisión es ilegal y arbitraria, y al ser tomada pasa a llevar los derechos a la igualdad ante la ley, la libertad de enseñanza y la titularidad sobre la matrícula de los estudiantes y apoderados, perjudicando así a toda la comunidad escolar.

Es una decisión ilegal por cuanto la facultad para fijar normas generales del calendario escolar y, eventualmente, proponer alteraciones al mismo, le corresponde exclusivamente a la SEREMI Metropolitana de Educación, conforme lo disponen las normas respectivas de la Ley General de Educación y el Reglamento sobre Calendario Escolar. En esa decisión, la SEREMI no puede afectar la duración mínima del año escolar, que en el caso de los liceos en cuestión claramente no se ha cumplido.

No existe información de que la SEREMI haya tomado esta decisión mediante la respectiva resolución, ni menos que ésta se haya notificado. En consecuencia, la Municipalidad está actuando únicamente por vías de hecho. Pedir que las facultades sean ejercidas en las formas y procedimientos que exige la ley no es solo un formalismo legalista, sino que es una garantía para los ciudadanos, para que estos puedan enterarse correctamente de las decisiones que potencialmente los afectan, y conocer sus fundamentos. Al actuar fuera del marco de la ley la Municipalidad compromete la legalidad de los actos administrativos.

El Municipio, en su calidad de sostenedor, tiene el deber de garantizar la continuidad del año escolar, como lo señala la misma Ley General de Educación. Tomar la decisión de cerrar el año escolar es, en este sentido, un incumplimiento patente de sus obligaciones legales. Frente a las situaciones de violencia, resulta incomprensible que la Municipalidad ‘dé por perdida la batalla’, dejando en completo abandono a los estudiantes y omitiendo su deber de garante del derecho a la educación de estos.

Esta situación afecta claramente los derechos de los estudiantes y apoderados. Afecta el derecho a la igualdad ante la ley, porque es arbitrario y discriminatorio que sólo se haya decidido aplicar respecto al Instituto Nacional e INBA. Afecta al derecho de los padres elegir el establecimiento educacional de su preferencia, pues con esta medida la Municipalidad compromete la elección de proyecto educativo ellos que han hecho. Y, en fin, afecta la propiedad sobre la matrícula, que implica no solo la instrucción escolar, sino el derecho de pertenecer a una comunidad que refleja la opción que han tomado padres y estudiantes por el proyecto educativo de estos colegios.

Por todas esas razones es que abogados ex alumnos del Instituto Nacional, en representación de un grupo importante de estudiantes y apoderados, hemos interpuesto un recurso de protección para que se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la medida adoptada por la Municipalidad de Santiago. Esperamos que con esta medida se restablezca el imperio del derecho y, en fin, se permita el retorno a clases de los estudiantes. Probablemente implicará esfuerzos, pues –ciertamente- no ha sido un año fácil. Sin embargo, el camino que deben seguir los órganos del Estado no puede ser simplemente rendirse ante los problemas, sino que deben cumplir su mandato constitucional y legal de servir a las personas; en este caso, mediante la provisión de educación.

 

El autor es abogado de la Universidad de Chile y patrocinante del recurso de protección a nombre de estudiantes del Instituto Nacional para oponerse al cierre anticipado del año.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.