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Nueva Constitución y derecho de libre determinación

Columna de opinión por Carlos Margotta
Miércoles 13 de noviembre 2019 10:42 hrs.


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¿Cuál es la solución al actual conflicto social y político institucional que está viviendo nuestro país y que es también, motivo de honda preocupación de la comunidad internacional?

La Comisión Chilena de Derechos Humanos ha sostenido invariablemente desde hace ya varios años, que entre las deudas de la Justicia Transicional, -Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición-, está la de recuperar el ejercicio del principal derecho colectivo arrebatado al pueblo chileno mediante el Golpe de Estado del  11 de septiembre de 1973: el derecho a su libre determinación, establecido en el Artículo 1º homónimo, tanto del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ambos complementarios de la Declaración Universal de Derechos Humanos y suscritos y ratificados por el Estado de Chile.

Cabe recordar que las violaciones a los Derechos Humanos no fueron sino el medio necesario de que se valieron los detentadores del poder dictatorial para imponer un nuevo orden político, económico, social y cultural, que puso freno al proceso de transformaciones sociales que impulsaba el Gobierno legítimamente constituido de Salvador Allende, mediante la expresión genuina del ejercicio de la soberanía popular y que fuera arrebatada violentamente con el Golpe Militar. Hoy, se repite la historia. Frente al masivo estallido social que exige cambios estructurales y un modelo de sociedad distinto, justo e inclusivo, la respuesta de los detentadores del poder económico y político para defender el statu quo, ha sido la aplicación de una violenta represión, constitutiva de una política de violación grave, masiva y sistemática a los derechos humanos, la que incluye la comisión de crímenes contra la Humanidad, como la Tortura.

La recuperación de la soberanía popular perdida, no sólo supone reinstalar plenamente la posibilidad de ejercer la soberanía política, a través de una nueva institucionalidad, sino que además supone, recuperar plenamente la soberanía económica, que permita “disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales”, tal como lo establece el Nº 2 del mencionado Artículo 1º, única forma de “proveer a su desarrollo económico, social y cultural”, como lo plantean ambos Pactos.

Producto del modelo impuesto por la fuerza de la represión, la mayoría de las riquezas básicas fueron privatizadas, generando de paso una fuerte concentración de la riqueza y una irracional y depredadora explotación de los recursos naturales que trajo consigo una grosera desigualdad, un abuso institucionalizado y una negación de derechos sociales básicos, como el derecho a la educación, a la salud y a la seguridad social, entre otros.

En efecto, Chile es un país que ha crecido económicamente, pero ese crecimiento se ha concentrado en las manos de unos pocos. Solo el 1% de la población en Chile, acumula el 26,5% de la riqueza generada en todo el país, mientras que, en contraste, el 50% de los hogares de menores ingresos concentra sólo el 2,1% de la riqueza neta del país. En cuanto a salarios, el 75% de los trabajadores del país percibe ingresos por trabajo iguales o inferiores a los 500 mil pesos mensuales (INE, 2019).

Desde el fin de la dictadura, en 1990, la desigualdad no ha parado de crecer. Así en 2017, la diferencia entre los ingresos del 5% más rico y el 5% más pobre llegó a un récord de 252,4 veces, creciendo un 30% entre 2015 y 2017 (Fundación Sol, Gonzalo Durán, 2019)

A su vez, en los primeros 6 meses de 2019, las AFPs registraron utilidades de $1.476.146.591, un 84,7% más que en igual período de 2018.

En contraste, en julio de 2019, se jubilaron 11.532 personas bajo el sistema de cuentas individuales administradas por AFP, y el 50% sólo pudo autofinanciar una pensión menor a $48.080 pesos. Incluso, la mitad de las personas que cotizaron entre 30 y 35 años, pudieron autofinanciar una pensión menor a $249.000 pesos, lo que equivale a solo el 82% de salario mínimo vigente (Superintendencia de pensiones, julio 2019).

Según la OCDE, Chile es el tercer país –entre sus 36 miembros- en el que los ciudadanos gastan más de su bolsillo para acceder a la salud. Mientras el “gasto de bolsillo” promedio entre los países OCDE es de 20,6%, en Chile esta cifra llega al 35,1%.

En definitiva, el Estado subsidiario, pilar central del nuevo modelo económico, cuya filosofía se expresó en la Constitución de 1980, sustrajo al Estado de su obligación de garantizar derechos sociales y económicos básicos, tal como lo dispone la normativa internacional de los Derechos Humanos e impidió al pueblo chileno decidir su destino soberanamente.

Es por ello que la elaboración de una Nueva Constitución, constituye a nuestro entender, una oportunidad propicia para poner al día al Estado de Chile en el cumplimiento irrestricto de sus obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos, establecidas en los diversos instrumentos internacionales sobre la materia, las que comprenden, según los órganos del Sistema de Naciones Unidas, las obligaciones de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y la de adoptar medidas de efectivo cumplimiento.

Pero a la vez, debe constituirse en el primer ejercicio de recuperación de la soberanía popular perdida, por cuanto es el pueblo soberano el que debe determinar las normas fundantes del nuevo Estado Democrático que busca establecer, a través de una Asamblea Constituyente, único mecanismo capaz de legitimar la nueva institucionalidad, atendida la profunda crisis de confianza que existe en la ciudadanía en las instituciones, incluido el Congreso.

En consecuencia, la elaboración de una Nueva Constitución a través de una Asamblea Constituyente, no sólo responde al anhelo mayoritario del pueblo chileno de recuperar la soberanía arrebatada, que le permita decidir libremente su  destino avanzando hacia el establecimiento de un modelo de sociedad que ponga término a la desigualdad y el abuso institucionalizado, sino al imperativo ético y normativo de contar con un nuevo texto constitucional que reconozca y garantice debidamente los derechos fundamentales, única forma de terminar con la actual crisis y de dar al mismo tiempo, cumplimiento estricto a las obligaciones internacionales contraídas por el Estado de Chile, en virtud de la suscripción y ratificación de los diversos Tratados, Pactos y Convenciones sobre Derechos Humanos.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.