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Año XVI, 18 de abril de 2024


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Operación Colombo: Corte Suprema dicta nueva condena contra Krassnoff y otros ex agentes de la DINA

Las penas van desde los diez años a los trece años de presidio para los autores materiales e intelectuales.

Diario UChile

  Jueves 26 de diciembre 2019 13:41 hrs. 
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El martes 24 de diciembre, el Poder Judicial dio a conocer la sentencia emanada de la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los ministros Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y los abogados integrantes Jorge Lagos y María Cristina Gajardo por la que se condenó a siete exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de la estudiante de nutrición y dietética y secretaria ejecutiva María Angélica Andreoli Bravo, quien fue detenida ilegalmente el 6 de agosto de 1974, en el marco de la denominada “Operación Colombo”.

La decisión unánime de los magistrados y abogados estipula que Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl  Iturriaga Neumann deberán cumplir 13 años de presidio mientras César Manríquez Bravo, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Enrique Fuentes Torres y Osvaldo Pulgar Gallard fueron condenados a 10 años de presidio, como autores del delito.

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María Angélica Andreoli Bravo. Fuente @Londres 38.

Según lo que señala el fallo, los hechos que se dan por establecidos señalan que en horas de la tarde del día 06 de agosto de 1974, María Angélica Andreoli Bravo, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida en su domicilio ubicado en Bilbao N° 5989 de la comuna de las Condes, Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes la introdujeron en la parte posterior de una camioneta y la trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado ‘Yucatán’ o ‘Londres 38′, ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA.

La estudiante durante su estada en el cuartel Londres 38 permaneció sin contacto con el exterior, vendada y amarrada, siendo continuamente sometida a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel, respecto de sus actividades partidarias y sobre el nombre y domicilio de sus compañeros de grupo político a fin de proceder a la detención de sus miembros, siendo vista además sometida a interrogatorios bajo tortura en el cuartel de la misma DINA denominado Villa Grimaldi.

De acuerdo a la investigación realizada por los Tribunales, la última vez que la víctima Andreoli Bravo fue vista con vida, ocurrió un día no determinado del mes de agosto o septiembre de 1974, encontrándose desaparecida hasta la fecha. María Angélica Andreoli Bravo apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista Novo O’ Día de Curitiba, Brasil, de fecha 25 de 18 junio de 1975, en la que se daba cuenta que la joven mujer  había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.

Además, el fallo señala que las publicaciones que dieron por muerta a la víctima “tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”.

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